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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2023 (11/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Martes 11 de julio de 2023 El Peruano / autonomía técnica y funcional, y es competente para conocer y resolver en última instancia administrativa los procedimientos y materia sometidas a su consideración. El número, la materia y la organización de las salas serán determinados por el Consejo Directivo, considerando la especialización y la carga procesal; Que, de acuerdo al artículo 23 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, en concordancia con el artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1158, el Tribunal de SUSALUD está integrado por salas especializadas en los asuntos de su competencia y cada sala está integrada por tres (3) vocales; Que, de conformidad de lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 19 del Decreto Legislativo Nº 1158, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1289 y concordante con el literal g) del artículo 8 del ROF de SUSALUD, es competencia del Consejo Directivo de SUSALUD, establecer la organización de las salas que conforman el Tribunal, considerando la especialidad y la carga procesal; Que, mediante Acuerdo N° 02-CD/SUSALUD de la Sesión Ordinaria N° 12-2022, de fecha 21 de junio del 2023, se aprobó la reorganización de la distribución del número de las Salas del Tribunal de SUSALUD, respecto a la materia de competencia, considerando la carga procesal y la especialización; Que, mediante documento de vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica brinda su conformidad al procedimiento de reorganización de las Salas Especializadas del Tribunal de SUSALUD, al estar conforme al ordenamiento legal de la materia; Que, por lo expuesto, resulta necesario formalizar la redistribución de las competencias de las tres (3) Salas Especializadas del Tribunal de SUSALUD, conforme a lo acordado por el Consejo Directivo; Con los vistos del Gerente General y la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (e) de la Superintendencia Nacional de Salud, y; Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 008-2019-SUSALUD/S, dejando subsistente lo demás que contiene. Artículo 2.- ESTABLECER que el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud está conformado por tres (03) Salas Especializadas, de acuerdo al siguiente detalle: Primera Sala: Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS -UGIPRESS, de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS - y, de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios. Segunda Sala: Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS -UGIPRESS, de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS - y, de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios. Tercera Sala: Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS -UGIPRESS, de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS - y, de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios. Artículo 3.- DISPONER que el Tribunal de SUSALUD realice la redistribución de la carga procesal que posee, entre las tres (03) Salas mencionadas en el párrafo anterior, ello en estricto respeto de su autonomía técnica y funcional. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web institucional (www.gob.pe/susalud). Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2194736-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior de funcionario del BCR para participar en evento a realizarse en México RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0027-2023-BCRP-N Lima, 6 de julio de 2023CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido invitación del Centro de Estudios Latinoamericanos (CEMLA) para participar en la Conferencia 2023 Latin American Journal of Central Banking, que se realizará el 13 y 14 de julio en Ciudad de México, México; Para esta conferencia fue seleccionado el trabajo de investigación de Youel Rojas y Jorge Pozo titulado “Financing Imbalances and Heterogeneous Effects of Monetary Policy” ; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; La Gerencia de Política Monetaria tiene entre sus objetivos proveer de análisis, proyecciones y propuestas de política monetaria para defender la estabilidad monetaria, así como en el campo de otras políticas macroeconómicas y estructurales que coadyuven al crecimiento sostenido. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modi fi catorias, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 22 de junio de 2023; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Youel Rojas Zea, Especialista en Investigación Económica del Departamento de Modelos Macroeconómicos de la Gerencia de Política Monetaria, el 13 y 14 de julio a Ciudad de México, México, y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2° .- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Viáticos US$ 585,00 Total US$ 585,00 Artículo 3° .- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidencia 2193457-1