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16 NORMAS LEGALES Martes 11 de julio de 2023 El Peruano / genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital y a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”; Que, el numeral 7.3 del acápite 7 de la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG, modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 139-2023-CG, establece que la Contraloría solicitará a los pliegos las transferencias fi nancieras para el acompañamiento mediante servicios de control gubernamental en la modalidad de control concurrente, con un plazo de quince (15) días hábiles de recibida la solicitud, para el caso de inversiones; asimismo, precisa que las entidades comprendidas en esta modalidad de control gubernamental habilitan el rubro “Control Concurrente”, dentro de la genérica de gasto de “Activos no fi nancieros” de la categoría de gasto de capital, con cargo al presupuesto institucional de la entidad; Que, mediante O fi cio N° 000873-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 125 633,10 (CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 10/100 SOLES), para fi nanciar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión con Código Único de Inversión (CUI) N° 2326336 “Mejoramiento de ocho laboratorios de la facultad de ingeniería agroindustrial de la Universidad Nacional de San Martin, distrito de Morales-provincia de San Martin-San Martin”, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358 y modi fi catorias; Que, mediante correo electrónico de fecha 26 de junio de 2023, la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones de la Contraloría General de la República otorga la ampliación del plazo de veinte (20) días hábiles adicionales, para efectuar la transferencia fi nanciera solicitada con O fi cio N° 00873-2023-CG/SGE; Que, con los O fi cios N° 0567-2023-MINEDU/VMGP/ UE.118 y N° 0575-2023-MINEDU/VMGP/UE.118, el Informe Técnico Legal N° 001-2023-MINEDU/VMGP-UE. 118-OPPMC/OAL y el Informe N° 093-2023-MINEDU/VMGP-UE.118-OPPMC, la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior, sustenta y solicita gestionar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión con CUI N° 2326336 “Mejoramiento de ocho laboratorios de la facultad de ingeniería agroindustrial de la Universidad Nacional de San Martin, distrito de Morales-provincia de San Martin-San Martin”, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358 y modi fi catorias, y la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL y modi fi catoria; Que, a través del Memorándum N° 00144-2023-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, la Unidad de Programación e Inversiones de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, como órgano encargado de cumplir las funciones de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, emite opinión técnica favorable respecto del proyecto de inversión a cargo de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior, referido en el considerando precedente, señalando que, tanto en el Sistema de Seguimiento de Inversiones como en el Banco de Inversiones, se ha identi fi cado que la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) de la citada Unidad Ejecutora, ha registrado el costo de control concurrente en el Formato N° 08-A: “Registro en la Fase de Ejecución” del proyecto de inversión signado con CUI N° 2326336, identi fi cando que el monto registrado coincide con el calculado por la Contraloría General de la Republica e informado mediante Ofi cio N° 000873-2023-CG/SGE; Que, a través del Informe N° 00977-2023-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable sobre la Transferencia Financiera a efectuarse a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 125 633,10 (CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 10/100 SOLES), para fi nanciar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión con CUI N° 2326336 “Mejoramiento de ocho laboratorios de la facultad de ingeniería agroindustrial de la Universidad Nacional de San Martin, distrito de Morales-provincia de San Martin-San Martin”, a cargo de la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358 y sus modi fi catorias y la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL y modi fi catoria; por cuanto se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, en la Unidad Ejecutora 118: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Básica y Superior, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 125 633,10 (CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 10/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358 y modi fi catorias; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2023; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y sus modi fi catorias; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Educación; la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; y la Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG, que aprueba la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL, Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y modi fi catoria;