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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2023 (11/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Martes 11 de julio de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Determinar la No adjudicación de la Buena Pro del Contrato de Administración del Bosque de Protección Pui Pui, de acuerdo a lo vertido en la presente resolución. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Asociación ProPurús, así como al Bosque de Protección Pui Pui. Artículo 3.- Precisar que, cualquier persona que acredite legítimo interés podrá interponer ante la Comisión Ad-Hoc las impugnaciones previstas en las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Contratos de Administración aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 147-2018-SERNANP. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en un diario de circulación de la circunscripción donde se ubica el Área Natural Protegida indicada en el Artículo 1, así como en el Portal Institucional del SERNANP: https//:www.gob.pe/sernanp. Regístrese, comuníquese y publíquese.DEYVIS HUAMÁN MENDOZA Director de Gestión de las Áreas Naturales ProtegidasSERNANP 2194300-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Designan Jefe de Unidad II de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000146-2023-MIGRACIONES Breña, 10 de julio del 2023VISTOS: El Informe N° 000340-2023-UAP-MIGRACIONES de la Unidad de Administración de Personal de la O fi cina de Recursos Humanos; el Memorando N° 001075-2023-ORH-MIGRACIONES de la O fi cina de Recursos Humanos; la Hoja de Elevación N° 000134-2023-OAJ-MIGRACIONES de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe de Unidad II de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; Que, resulta necesario designar a la persona que asuma el mencionado cargo; Con los vistos de la Gerencia General, la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES. SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora HEIDI VERONICA LANDA CAMAYO en el cargo de con fi anza de Jefe de Unidad II de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO BENJAMIN GARCIA CHUNGA Superintendente 2194720-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Establecen que el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud está conformado por tres Salas Especializadas; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 043-2023-SUSALUD/S Lima, 10 de julio de 2023VISTOS: El Informe N° 000012-2023/TRIBUNAL, emitido por el Presidente del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud; el Acuerdo N° 02-CD/SUSALUD de la Sesión Ordinaria N° 12-2023 y el Memorándum Nº 000015-2023-SUSALUD-CD-SUSALUD del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud; e Informe N° 000303-2023-SUSALUD-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 092-2015-SUSALUD/S, se estableció que el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud estará conformado por tres (03) Salas Especializadas: Primera Sala “Sala Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS; Segunda Sala: “Sala Especializada en casos de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS”; y la Tercera Sala “Sala Especializada en Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios”; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 008-2019-SUSALUD/S, se dejó sin efecto el citado artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 092-2015-SUSALUD/S; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 008-2019-SUSALUD/S, se estableció la reorganización de la distribución de las Salas del Tribunal de SUSALUD, respecto a la materia de competencia, estableciendo que el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud estará conformado por tres (03) Salas Especializadas: Primera Sala “Sala Especializada en Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios; Segunda Sala: “Sala Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS – UGIPRESS; así como en casos de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS”; y la Tercera Sala “Sala Especializada en Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios”; Que, el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA), se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), establece que el Tribunal de SUSALUD es un órgano resolutivo, que forma parte de la estructura orgánica de la Superintendencia Nacional de Salud, cuenta con