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37 NORMAS LEGALES Viernes 21 de julio de 2023 El Peruano / Artículo 2.- Consignación de los valores de las Tasaciones Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, consigne en el Banco de la Nación, el monto de los valores de las Tasaciones a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir las áreas afectadas de los bienes inmuebles a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contengan la partida registral 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.Artículo 4.- Inscripción registral de las áreas afectadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario las áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas afectadas del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse las áreas afectadas del inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas expropiadas del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO 01 VALOR DE LA TASACIÓN DEL AREA AFECTADA DEL INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “IIRSA CENTRO TRAMO N° 2 (PUENTE RICARDO PALMA – LA OROYA – HUANCAYO Y LA OROYA – DESVÍO CERRO DE PASCO)” N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL ÁREA DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESCOMUNIDAD CAMPESINA DE SAN MATEO DE HUANCHORCÓDIGO: CV2-T2-002ÁREA AFECTADA: AFECTACIÓN: 1 980,781,650.65 m2 Parcial del Inmueble LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA • Por el Norte: Colinda con la Comunidad Campesina San Mateo de Huanchor (del vértice 34 al vértice 1) en 10.84 m.• Por el Sur: Colinda con la Comunidad Campesina San Mateo de Huanchor (del vértice 14 al vértice 15) en 6.80 m.• Por el Este: Colinda con la Carretera Central y la Comunidad Campesina San Mateo de Huanchor (del vértice 1 al vértice 14) en 94.61 m• Por el Oeste : Colinda con la Comunidad Campesina San Mateo de Huanchor (del vértice 15 al vértice 34) en 103.27 m.Partida Registral N° 49026958 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima.Certi fi cado de Búsqueda Catastral: Emitido con fecha 05.11.2022 (Informe técnico N° 024098-2022 - Z.R. N° IX-SEDE-LIMA/UREG/CAT).Informe Técnico N° 006-2023-JPC de fecha 09 de junio de 2023, suscrito por Verifi cador Catastral.Vértice LadoDistancia WGS84 (m) Este (X) Norte (Y) 1 1-2 10.01 354531.5838 8696686.5153 2 2-3 10.64 354531.3369 8696676.50713 3-4 4.31 354531.7569 8696665.8772 4 4-5 2.41 354533.2526 8696661.8370 5 5-6 3.33 354532.2082 8696659.66626 6-7 3.33 354531.4620 8696656.4225 7 7-8 3.33 354531.4495 8696653.0941 8 8-9 3.33 354532.1714 8696649.84499 9-10 3.33 354533.5920 8696646.8348 10 10-11 21.08 354535.6414 8696644.2122 11 11-12 8.27 354550.3805 8696629.1479 12 12-13 11.30 354553.8566 8696621.6479 13 13-14 9.94 354557.6866 8696611.0180 14 14-15 6.80 354559.2540 8696601.208215 15-16 47.29 354554.4140 8696596.4274 16 16-17 3.11 354521.3458 8696630.2252 17 17-18 3.11 354519.2705 8696632.544018 18-19 3.11 354517.4094 8696635.0381