Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2023 (21/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 21 de julio de 2023 El Peruano / Supremo N° 053-2022-PCM, ha previsto respecto a los directivos públicos de nivel nacional de órganos de línea y de administración interna de organismos reguladores, organismos constitucionalmente autónomos, organismos técnicos especializados, organismos públicos ejecutores, poder judicial, el cumplimiento de requisitos mínimos relacionados a formación académica, experiencia general y especi fi ca; Que, asimismo, el numeral 28.3 del artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, establece que, respecto a la verifi cación de impedimentos para el acceso a la función pública, el informe que emita la O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe contener la verifi cación de que la persona propuesta no cuente con impedimentos para el acceso a la función pública. Para tal efecto se revisa obligatoriamente la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. De encontrarse inscrito en este último deberá cancelar el registro o autorizar el descuento por planilla o por otro medio de pago, previo a la expedición de la resolución de designación correspondiente, de acuerdo a la Ley Nº 28970, Ley que crea el registro de Deudores Alimentarios Morosos. Adicionalmente, debe considerarse los registros disponibles vinculados a cargos y funciones especí fi cas creadas con normas con rango de ley, según se detalla en el Compendio Normativo sobre Impedimentos para el Acceso a la Función Pública, Anexo Nº 01 al citado Reglamento. Asimismo, la O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, requiere a las personas propuestas la suscripción de la Declaración Jurada, Anexo N° 02, de no tener impedimentos para ser designado; Que, con documentos de vistos, se propone a la profesional para ocupar el cargo de con fi anza de Director/a II de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del CONADIS, siendo necesario dar por término la designación temporal efectuada mediante Resolución de Presidencia N° D000072-2023-CONADIS-PRE; Que, a través de Informe N° D000009-2023- CONADIS-URH-CBA, la especialista jurídico de la Unidad de Recursos Humanos sostiene que la señora María Del Carmen Orihuela Vicuña De Estremadoyro cumpliría con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 31419, no encontrándose impedida o inhabilitada para el ejercicio de la función pública, adjuntando el Anexo de evaluación de cumplimiento de requisitos para el cargo de Director/a de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; documento que hace suyo la Unidad de Recursos Humanos a través de la Nota N° D000645-2023- CONADIS-URH; por tanto, resulta viable su designación en el citado cargo de con fi anza; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014- MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE; y, la Resolución Suprema N° 005-2023-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 21 de julio de 2023, la designación temporal del cargo de confi anza de Director II de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (CAP N° 0029) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) en el señor Noam Dante Valentín López Villanes, Asesor de Gerencia General del CONADIS, dándosele las gracias por los servicios prestados.Artículo 2.- DESIGNAR, a partir del 21 de julio de 2023, a la señora María Del Carmen Orihuela Vicuña De Estremadoyro, en el cargo de con fi anza de Directora II de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (CAP N° 0029) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Artículo 2.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Entidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese.SANDRA PILAR PIRO MARCOS PresidentaConsejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2198191-1 PRODUCE Aprueban diversas Normas Técnicas Peruanas referentes a papa y derivados, sacha inchi, cacao y chocolate, calidad de agua, gas licuado de petróleo y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2023-INACAL/DN Lima, 14 de julio de 2023VISTO: El acta de fecha 27 de junio de 2023 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y Textos A fi nes a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo