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123 NORMAS LEGALES Sábado 22 de julio de 2023 El Peruano / del 2022, la Dirección de Monitoreo y Evaluación de los Recursos Naturales del Territorio del Ministerio del Ambiente concluye: i) Como resultado del trabajo articulado entre el Gobierno Regional de Ucayali a través de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali y la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, el Mapa Regional de Ecosistemas y el Mapa Regional de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres, cuentan con sus respectivas memorias descriptivas, los mismos que cumplen con los procedimientos técnicos requeridos, precisando que los respectivos mapas constituyen herramientas de gestión que brindan información para promover e implementar iniciativas públicas y privadas, vinculadas al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y recuperación de los sistemas y sus servicios. ii) El Gobierno Regional de Ucayali ha cumplido con los requisitos técnicos exigidos y se han incluido las recomendaciones técnicas a la documentación respectiva, razón por la cual, la Dirección General de Ordenamiento Territorial y Gestión Integrada de los Recursos Naturales emitió la OPINION TÉCNICA FAVORABLE al Mapa Regional de Ecosistemas del Departamento de Ucayali y al Mapa Regional de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Ucayali. Asimismo, RECOMIENDA remitir el presente informe como respuesta a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, para los fi nes pertinentes; Que, mediante Informe Legal N° 120-2022-GRU- ORAJ/TTC, de fecha 18 de noviembre de 2022, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, concluye que, con el sustento técnico formulado por la Dirección de Gestión del Territorio de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali y la Opinión Técnica favorable del Ministerio del Ambiente, corresponde evaluar y aprobar mediante Ordenanza Regional al Consejo Regional el Mapa Regional de Ecosistemas del Departamento de Ucayali y el Mapa Regional de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Ucayali; Que, mediante Opinión Legal N° 00012-2023-GRU- CR/AL-SVCA, la Asesora Legal del Consejo Regional de Ucayali – Abogada Sandra Valeria Corrales Acho, Opina: i) Declarar Procedente para que mediante propuesta de Ordenanza Regional se apruebe el Mapa Regional de Ecosistemas del Departamento de Ucayali y el Mapa Regional de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Ucayali, por contar con sustento técnico y legal, y se encuentra alineado a lo establecido en el Artículo 103° del Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, mediante Dictamen N° 006-2023-GRU-CR- CRNyGMA, de fecha 10 de abril de 2023, la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional, recomienda: i) Aprobar la propuesta de Ordenanza Regional sobre el Mapa Regional de Ecosistemas del Departamento de Ucayali y el Mapa Regional de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Ucayali; Que, el literal o) del artículo 21° la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Que, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi fi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de abril de 2023, se aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Mapa Regional de Ecosistemas del Departamento de Ucayali y el Mapa de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Ucayali y sus respectivas memorias descriptivas.Artículo Segundo.- DISPONER que la información generada en el Mapa Regional de Ecosistemas del Departamento de Ucayali y el Mapa de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Ucayali, se utilice en los procesos de plani fi cación territorial, diseño de políticas públicas regionales, ordenamiento territorial, para promover la inversión pública y privada sostenible en el Departamento de Ucayali. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali – Dirección de Gestión del Territorio, el seguimiento y la aplicación de la presente Ordenanza Regional, así como la utilización y difusión de este instrumento de gestión territorial, para impulsar los proyectos de inversión en recuperación de ecosistemas, mecanismos de retribución de servicios ecosistémicos, entre otros, en concordancia con el sistema de inversión pública Invierte.pe Artículo Cuarto.- DISPENSAR a la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali del Gobierno Regional de Ucayali, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación local y a la O fi cina de Tecnologías de la Información, su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (https://www.gob.pe/regionucayali). Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa, a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil veintitrés. MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN PresidenteConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 17 días del mes de mayo de 2023. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 2181055-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza que promueve la venta de medicinas genéricas en farmacias, boticas y servicio de farmacias del sector privado en el distrito de Santiago de Surco ORDENANZA Nº 683-MSS Santiago de Surco, 18 de julio de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y