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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2023 (22/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Sábado 22 de julio de 2023 El Peruano / Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jorge Armando Vargas Sueldo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, su designación en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, y destaque al Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, así como la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1044-2023-MP-FN, 1564-2023-MP-FN y 1583-2023-MP-FN, de fechas 09 de mayo y 28 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Segundo .- Nombrar al abogado Jorge Armando Vargas Sueldo, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal del Callao, designándolo en el Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra el Crimen Organizado con sede desconcentrada Callao. Artículo Tercero .- Disponer que el personal fi scal señalado en el artículo segundo de la presente Resolución, forme parte del Equipo Especial de Fiscales conformado por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1550-2019-MP-FN, de fecha 05 de julio de 2019. Artículo Cuarto .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo segundo de la presente resolución, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, conforme a lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 182-2022-MP-FN-JFS, de fecha 16 de diciembre de 2022, así como en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Quinto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao y Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1550-2019-MP-FN, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2198639-1 Dan por concluido nombramiento de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1784-2023-MP-FN Lima, 21 de julio de 2023VISTOS:Los informes Nros. 0004 y 005-2023-MP-FN- PJFSAREQUIPA, así como los o fi cios Nros. 1542 y 1604-2023-MP-FN-PJFSAREQUIPA, cursados por el abogado Ciro Alejo Manzano, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa.CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4154-2016-MP-FN, de fecha 23 de septiembre de 2016, se nombró al abogado Víctor Ramiro Delgado Holguín, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, y se le designó en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Camaná. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo, la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. En esa línea, según el numeral 64.2 de la Ley Nº 30483, modi fi cada mediante Ley Nº 31718, se establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Sobre el particular, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Conforme a lo expuesto en los informes Nros. 0004 y 005-2023-MP-FN-PJFSAREQUIPA, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa solicitó la conclusión del nombramiento del abogado Víctor Ramiro Delgado Holguín, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Camaná; así como al ofi cio Nº 1604-2023-MP-FN-PJFSAREQUIPA, por el que se rati fi ca respecto a dicho pedido, sustentando el mismo en que el referido magistrado presenta de fi ciencias en el ejercicio de las investigaciones fi scales a su cargo, debido a que no se encuentra de acuerdo con los objetivos estratégicos de la política institucional. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, estando a lo expuesto en el párrafo precedente, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, dando por concluido el nombramiento y designación del personal fi scal que ocupa provisionalmente la plaza señalada precedentemente. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Víctor Ramiro Delgado Holguín, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Camaná, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº