Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2023 (22/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 110

110 NORMAS LEGALES Sábado 22 de julio de 2023 El Peruano / Artículo Décimo Segundo .- Disponer, de ser el caso, las reservas de plazas del personal administrativo y las retenciones de cargo de carrera del personal fi scal nombrado en la presente resolución, conforme la normativa vigente para dicha materia. Artículo Décimo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Lima Centro, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2198645-1 Nombran Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolos en el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales y en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1787-2023-MP-FN Lima, 21 de julio de 2023VISTA:La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023. CONSIDERANDO:Mediante la Resolución de vista, se resolvió entre otros, crear veinticuatro (24) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, que integrarán el Equipo Especial para casos con víctimas durante las protestas sociales - EFICAVIT. Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 790-2023-MP-FN, de fecha 31 de marzo de 2023, se dispuso, entre otros, conformar el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, con competencia nacional para que se avoque a dedicación exclusiva de los delitos cometidos contra la humanidad, previstos en los capítulos I, II y III del Título XIV-A del Código Penal; los delitos comunes que hayan constituido casos de violación de derechos humanos y otros, cometidos durante las protestas sociales; el cual se encuentra a cargo de un fi scal superior coordinador. Con la fi nalidad de dotar de personal fi scal para que se conforme el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales creado mediante la resolución señalada en el párrafo precedente, se dispuso en su oportunidad, entre otros, asignar, de manera temporal, cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.º 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, al referido equipo especial, las cuales se efectuaron a través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 094-2023-MP-FN y 792-2023-MP-FN, de fechas 12 de enero y 31 de marzo de 2023, respectivamente. Asimismo, se dispuso trasladar cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, siendo estos, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, del Despacho de la Primera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, del Despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad; y, dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter transitorio, del Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, al referido equipo especial, las cuales se efectuaron a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 792-2023-MP-FN, de fecha 31 de marzo de 2023. En aras de contar con fi scalías especializadas en la investigación en materia de derechos humanos e interculturalidad, y en respuesta al requerimiento de una demanda adicional para fortalecer el nuevo subsistema especializado en Derechos Humanos e Interculturalidad efectuada por el Ministerio Público mediante o fi cio N.º 57-2023-MP-FN, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” el 4 de junio de 2023, el Decreto Supremo N.º 109-2023-EF, mediante el cual se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023, a favor del Ministerio Público, para fi nanciar gastos asociados a la creación de despachos fi scales de derechos humanos e interculturalidad, permitiéndose así la creación de plazas fi scales conforme a lo señalado en la resolución de vista. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Con o fi cio Nº 2175-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, la abogada Marena Mendoza Sánchez, en su condición de Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, eleva las propuestas respectivas para ocupar las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales señaladas en el primer párrafo de la parte considerativa. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de integrar el Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, para el cumplimiento de sus funciones, se hace oportuno, en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al personal fi scal que ocupe provisionalmente los cargos de Fiscales Adjuntos Provinciales mencionados en el primer párrafo