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111 NORMAS LEGALES Viernes 28 de julio de 2023 El Peruano / de una Ordenanza que conforma el Comité Distrital de Salud de Puente Piedra, como instancia de coordinación interinstitucional del Sistema Nacional de Salud; Que, con Informe N° 266-2023-OGAJ/MDPP la Ofi cina General de Asesoría Jurídica al amparo de lo señalado en el artículo 19 del Decreto Supremo N°032-2020-SA, el cual menciona en su numeral 19.1 que: “El Comité Distrital de Salud (CDS) es presidido por el alcalde distrital y está integrado por la Red de Salud y/o el establecimiento de mayor capacidad resolutiva, quien asume la Secretaría de Coordinación del CDS, así como, por las autoridades de las instituciones del ámbito distrital que acuerde el Gobierno Distrital respectivo, debiendo ser aprobado mediante Ordenanza Municipal.”; y que su período de duración es de dos (2) años; por lo que, opina que resulta legalmente VIABLE la aprobación del proyecto normativo denominado “Ordenanza Municipal que aprueba la conformación del Comité Distrital de Salud de Puente Piedra, como instancia de coordinación interinstitucional del Sistema Nacional de Salud; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en los artículos 9 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto en UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DISTRITAL DE SALUD DE PUENTE PIEDRA, COMO INSTANCIA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Artículo Primero.– CONFORMAR el Comité Distrital de Salud de Puente Piedra, como Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, estando conformado por los siguientes miembros: 1. Alcalde del distrito de Puente Piedra, quien lo preside. 2. El Jefe de la Red Integrada de Salud de Puente Piedra, Ancón y Santa Rosa, quien cumple las funciones de Secretaria Técnica. 3. Director(a) del CAP III Puente Piedra, Seguro Social de Salud - ESSALUD. 4. Director Ejecutivo, Hospital Carlos Lanfranco La Hoz – MINSA. 5. Gerente de Participación vecinal y Desarrollo Social de la Municipalidad de Puente Piedra. 6. Gerente de Salud de la Municipalidad de Puente Piedra. 7. Un representante de los Centros Privados de Salud existentes en el distrito. 8. Organizaciones Sociales representativas de la comunidad. Artículo Segundo.- DISPONER que en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza, se instale el Comité Distrital de Salud, siendo su naturaleza de carácter permanente. Artículo Tercero.- FACULTAR Y AUTORIZAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias de la presente Ordenanza y otras que sean necesarias para el mejor cumplimiento de la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Salud. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina General de Administración y Finanzas la publicación en el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNÁN SAMUEL ESPINOZA ROSALES Alcalde 2199862-1MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Designan responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad de San Isidro RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 338 San Isidro, 25 de julio de 2023 LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO VISTO: El Memorando N° 961-2023-0200-GM/MSI de la Gerencia Municipal, el Informe N° 349 -2023-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5° del TUO de la Ley N° 27806, establece que los Gobiernos Locales deben implementar portales de información a través de internet, en los que se establecerá la difusión de los datos generales sobre la institución, la información presupuestal, la adquisición de bienes y la contratación de servicios, actividades o fi ciales, entre otros; Que, los artículos 3° y 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, establecen que la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi cado por Ordenanza N° 548-MSI, establece en los literales d) y e) del artículo 44°, que la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional tiene como parte de sus funciones, el elaborar y aprobar el diseño y contenido del Portal Web Institucional, así como cautelar que la información del Portal WEB y Portal de Transparencia Institucional se encuentre actualizada; Que, por su parte, los literales d) y e) del artículo 62° del citado Reglamento de Organización y Funciones, establecen que la Subgerencia de Desarrollo de Sistemas y Soporte Tecnológico desarrolla y mantiene los sistemas informáticos y herramientas tecnológicas; asimismo, brinda soporte tecnológico, plataforma y aplicaciones para los portales web de la Municipalidad; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 200 de fecha 17/04/2023, se encargó al señor Aldo Jesús Edgar Urquiza Mayuri, las funciones de Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional, a partir del 18/04/2023, en adición a sus funciones como Gerente Municipal, encargatura que se dio por concluida con fecha 14/07/2023 mediante Resolución de Alcaldía N° 328; Que, a través de la Resolución de Alcaldía N° 331 de fecha 14/07/2023, se encargó al señor Carlos Eleodoro Castillo Sanchez para que asuma las funciones de Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional, en adición a sus funciones como Asesor ll de la Gerencia Municipal, a partir del 15/07/2023; Que, con Memorando Nº 961-2023-0200-GM/ MSI, la Gerencia Municipal solicita que se actualice la designación del responsable del portal institucional en vista de que señor el Aldo Jesús Edgar Urquiza Mayuri ya no es Gerente de dicha unidad orgánica; Que, teniendo en cuenta lo señalado, en los artículos 7° numeral 7.1, y 17°, numeral 17.1, del TUO de la Ley