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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (11/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Domingo 11 de junio de 2023 El Peruano / control de las enfermedades, a fi n de mejorar la salud pública, promover el bienestar de la población y contribuir con el desarrollo sostenible del país; Que, conforme lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1504, el Instituto Nacional de Salud (INS) es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, administrativa, económica y fi nanciera en el ejercicio de sus atribuciones; constituye un pliego presupuestal; Que, en complemento de ello, el artículo 6 del referido Decreto Legislativo Nº 1504 establece que el INS en materia de salud tiene competencia a nivel nacional en investigación, innovación y tecnologías en salud; en epidemias, vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria; Que, conforme a la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1504, el Título II y los artículos 19 y 23 de la citada norma entran en vigencia al día siguiente de publicado el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud – INS; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1504, dispone que el Ministerio de Salud, en un plazo máximo de noventa (90) días hábiles contados a partir de su vigencia, presenta ante el Consejo de Ministros, la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones – ROF del INS para su aprobación respectiva. En tanto se apruebe el Reglamento al que se re fi ere dicha disposición, continúa vigente el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; Que el numeral 4 del artículo 24 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Reglamento de Organización y Funciones se aprueba mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias, señala que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene sus competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización; así como sus relaciones de dependencia; asimismo, el numeral 45.1 del artículo 45 establece que el Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por Decreto Supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la sección primera del artículo 44; la organización interna de sus órganos y el despliegue de sus funciones, que comprende del tercer nivel organizacional en adelante, se estructura conforme la segunda sección del artículo 44 y se aprueba por resolución del titular de la Entidad; a su vez, el numeral 45.2. del artículo 45 señala que, en el caso de los organismos públicos, requiere de la conformidad del Ministerio al cual se encuentra adscrito; Que, el Ministerio de Salud propone la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud - INS, a partir del cual se establecen cambios en su estructura organizacional con la fi nalidad de implementar lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1504; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones Instituto Nacional de Salud - INS, con la fi nalidad de adecuar su organización, estructura orgánica y funciones a la normativa vigente; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1. Aprobación de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud Apruébase la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones -ROF del Instituto Nacional de Salud – INS, la misma que consta de tres (3) Títulos y cincuenta y dos (52) artículos, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2. Dejar sin efecto el Decreto Supremo Nº 007-2022-SA Dejar sin efecto el Decreto Supremo Nº 007-2022- SA que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud-INS. Artículo 3. Financiamiento La implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Salud – INS, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4. Publicación El presente Decreto Supremo y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud - INS, aprobada mediante el artículo 1, son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y del Instituto Nacional de Salud (www.gob.pe/ins), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Salud. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Vigencia El presente decreto supremo entra en vigencia al día siguiente de publicada la resolución que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud – INS, con excepción de la Segunda y Cuarta Disposición Complementaria Final, que entran en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente norma. Segunda. Aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud La Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud – INS, se aprueba mediante Resolución Jefatural del Jefe Institucional del INS, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo en el diario ofi cial El Peruano. Tercera. Adecuación de Instrumentos de Gestión y la emisión de dispositivos normativos El Instituto Nacional de Salud – INS en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la Sección Segunda del referido Reglamento de Organización y Funciones, adecúa sus instrumentos de gestión y emite los dispositivos normativos que resulten necesarios para su implementación, considerando el marco jurídico vigente. Cuarta. Consolidación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones El Instituto Nacional de Salud – INS, mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva, consolida el