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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (11/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Domingo 11 de junio de 2023 El Peruano / el servicio y las condiciones de seguridad y calidad en bene fi cio del público usuario; así como declaración en abandono y disposición fi nal de vehículos motorizados en la Provincia “Mariscal Nieto”. Artículo 2º.- FINALIDAD: Establecer el procedimiento de internamiento y salida de vehículos del DMV y se realice en el marco y concordancia con las normas legales vigentes sobre la materia. Artículo 3º.- BASE LEGAL:• Constitución Política del Perú de 1993. • Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.• Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ley N° 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y su Reglamento. • Ley N° 27189 - Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores. • Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. • Ordenanza Municipal Nº 023-2019-MPMN, Ordenanza que aprueba la Modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. • Ordenanza Municipal Nº 016-2020-MPMN, Ordenanza Municipal que prohíbe dejar vehículos, carrocerías y otras chatarras abandonados o unidades motorizadas mal estacionadas en la vía pública que interrumpan la libre circulación en la ciudad de Moquegua y centros poblados y aprueba asimismo cuadro de infracciones y sanciones administrativas y escala de multas. • Ordenanza Municipal N° 027-2022-MPMN, que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Regular de Personas en la Provincia Mariscal Nieto. • Decreto Legislativo N° 1214, Decreto legislativo que dicta medidas de prevención para combatirlos delitos patrimoniales relacionados con vehículos automotores y autopartes. • Decreto Legislativo Nº 1216, Decreto Legislativo que fortalece la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte. • Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, Código de Tránsito y sus modi fi caciones. • Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, que aprueba el Reglamento Complementario de Administración de Transporte y sus modi fi caciones. • Decreto Supremo N° 055-2010-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en vehículos Motorizados o No Motorizados. • Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehículos y sus modi fi catorias. • Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. • Resolución Ministerial Nº 010-93-JUS, que Aprueba Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil. • Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01, que aprueba la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento. • Decreto de Alcaldía N° 00033-2021-A-MUNIMOQ, que regula la aplicación y levantamiento de las medidas preventivas de internamiento de vehículos y retención de licencias de conducir, por infracción al reglamento nacional de administración de transporte y sus servicios complementarios, dentro de la Provincia “Mariscal Nieto” - Moquegua. Artículo 4º.- DEFINICIONES: Para los efectos de la presente Ordenanza Municipal se entenderé por: a) Depósito Municipal de Vehículos (DMV): Local autorizado para el internamiento de vehículos, provistos de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes. b) Detención del vehículo: Acto de inmovilización del vehículo por la Policía Nacional del Perú, quien podrá hacerlo con el apoyo del Inspector Municipal de Transporte• Procediendo al internamiento del vehículo en el DMV de ser el caso.c) Internamiento del Vehículo: Ingreso del vehículo al DMV, como consecuencia de la aplicación de la medida preventiva y/o no haber superado la falta o de fi ciencia que motivó la retención del vehículo, en donde permaneceré el tiempo que establezca la normativa correspondiente. d) Liberación del Vehículo: Salida de la unidad vehicular del DMV, luego de haber cumplido con presentar todos los requisitos y pagos correspondientes a la infracción que motivó su internamiento, así como la cancelación de la tasa por guardianía, grúa y otros debidamente establecidos. e) Permanencia del vehículo: Estado en que se encuentra el vehículo desde su internamiento hasta su liberación el cual se encuentra sujeto a un cobro por internamiento. f) Remolque de vehículos: Acción que consiste en trasladar al DMV aquellos vehículos de propietarios o usuarios que hayan infringido las normas relativas al transporte y tránsito• g) Inspector Municipal de Transporte (IMT): Servidor público adscrito a la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” para fi scalizar, supervisar, monitorear los servicios de transporte público o privados de pasajeros en el ámbito de la Provincia “Mariscal Nieto” e implementar los planes, programas, auditorias, para la mejora en la gestión del tránsito, seguridad, educación vial y calidad de los servicios. h) Autoridad Competente: Policía Nacional del Perú asignado a control del tránsito, Inspector Municipal de Transporte y personal debidamente acreditado por la Autoridad Municipal. i) Administrador del Depósito Municipal Vehicular: Persona responsable y encargada de dirigir el funcionamiento del DMV. j) Guardianía: Servicio de vigilancia y custodia de los vehículos internados en el DMV. k) Policía Nacional del Perú: Entiéndase como el personal policial, asignado al control del tránsito, el mismo que esté autorizado de levantar papeletas de infracción al tránsito, así como el internamiento de vehículos al DMV. l) Abandono de Vehículo en DMV: Entiéndase como condición de una unidad vehicular que por el pasar del tiempo fue dejado por su poseedor, propietario o responsable, sin atención alguna o no haber realizado ningún acto para recuperarlo. m) Vehículo en abandono en espacio público: Toda unidad vehicular de cualquier clase, dejada en abandono ocupando la vía pública, por su propietario o responsable. n) Disposición fi nal de vehículo: Decisión de fi nitiva para la salida de unidad vehicular del depósito municipal cuando la unidad vehicular se encuentra en estado de abandono, inservible, chatarra, fue objeto de remate y/o Resolución administrativa, judicial, que ordena su entrega a propietario y/o conductor. o) Vehículo menor: Vehículo de tres (03) ruedas, motorizado y no motorizado, especialmente acondicionado para el transporte de personas o carga, cuya estructura y carrocería cuentan con elementos de protección al usuario. SIGLAS• • Depósito Municipal Vehicular-DMV• • Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial - SGTSV• • Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial - GDUAAT• • Ofi cina de Tecnología de la Información y Estadística - OTIE• TÍTULO II CAPÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Artículo 5º.- ALCANCE: El presente Reglamento se aplica en toda la Provincia “Mariscal Nieto” y alcanza a: