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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (14/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de junio de 2023 El Peruano / al Concejo Municipal aprobar, modi ficar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 8 de la Ley N° 27783 y modi ficatorias, Ley de Bases de la Descentralización, re fiere entre otros puntos que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles (nacional, regional y local) de normar, regular y administrar los asuntos públicos de sus competencias, estando sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 27783, señala que la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas; así como, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, el literal g) del artículo 41 del Reglamento Nacional de Edi ficaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA establece que las Municipalidades son responsables de fijar los requisitos a que deberán sujetarse las obras en lo referente al uso de la vía pública, horario de trabajo, instalaciones provisionales, ingreso y salidas de materiales y condiciones para la protección del medio ambiente; Que, por tal motivo mediante la Ordenanza N° 478- MDS de fecha 24 de marzo de 2021, publicada con fecha 09 de abril de 2021 en el Diario O ficial El Peruano, se estableció el horario y otras disposiciones para la ejecución de obras de edi ficación y áreas de dominio público en el distrito de Surquillo; Que, conforme el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Surquillo, aprobado por la Ordenanza N° 528-2023-MDS de fecha 26 de abril de 2023, publicada en el Diario O ficial El Peruano el 30 de abril de 2023, precisa que la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro es dependiente de la Gerencia de Desarrollo Urbano, siendo la unidad orgánica responsable del ordenamiento urbano, el adecuado uso del suelo y el catastro necesario para la plani ficación urbana-espacial del distrito; asimismo, la mencionada ordenanza actualiza las denominaciones de los Órganos y Unidades Orgánicas de la administración interna; Que, mediante el Memorándum N° 141-2023-MDS- GDU de fecha 03 de mayo de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano remite el Informe Técnico N° 333-2023-MDS-GDU-SGOPC y el Informe N° 281-2023-MDS-GDU-SGOPC elaborados por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, donde concluye que desde la aprobación de los artículos 4 y 5 de la Ordenanza N° 478-MDS que autoriza la ejecución de las obras en horario extraordinario de las etapas de edi ficación, se han producido constates quejas vecinales por la ejecución de las obras autorizadas, las mismas que han promovido impacto negativo como afectación de la vialidad de vías locales por la presencia constante de maquinaria de construcción, un impacto sonoro negativo durante el horario de ejecución principalmente en las etapas de obras de concreto armado, impacto ambiental negativo por el inadecuado manejo de los materiales de construcción y la posterior disposición de los residuos producidos durante el proceso constructivo; asimismo, se han generado un constante y progresivo deterioro de la infraestructura urbana como: pistas, veredas, bermas y vegetación colindante a las obras de edi ficación; Que, mediante Informe N° 172-2023-MDS-GAJ de fecha 05 de mayo de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica (actualmente denominada O ficina General de Asesoría Jurídica - Ord. N° 528-2023-MDS), concluye que la presente ordenanza permitirá evitar los impactos negativos producidos por el horario extraordinario en las zonas residenciales del distrito de Surquillo, y promoverá una buena convivencia con la población colindante de las obras; asimismo, conforme al numeral 9 del articulo 4 de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi ficación, determina que las municipalidades distritales, en el ámbito de su jurisdicción, tiene competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana y de edi ficación, correspondiéndoles el seguimiento, supervisión y fiscalización en la ejecución de los proyectos contemplados en las diversas modalidades establecidas por ley; Que, estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado en las Comisiones de Asuntos Legales y la de Desarrollo Urbano en sus Dictámenes N° 022-2023-MDS-CAL y N° 004-2023-MDS-CDU ambos de fecha 22 de mayo de 2023; el Concejo Distrital de Surquillo, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó lo siguiente: MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA N° 478-MDS QUE ESTABLECE EL HORARIO Y OTRAS DISPOSICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN EN ÁREAS DE DOMINIO PÚBLICO EN EL DISTRITO DE SURQUILLO. Artículo 1.- Derogar el literal b) ítem b.1 y b.2 del inciso 4.1 del artículo 4 del Capítulo II, así como los numerales 4.2,4.3,4.4,4.5 y 4.6 y el artículo 5 que establece las prohibiciones para la aplicación del Horario Extraordinario del mismo Capitulo II de la Ordenanza N°478-MDS, que establece el horario y otras disposiciones para la ejecución de obras de edi ficación y en áreas de dominio público en el distrito de Surquillo, por los fundamentos antes expuestos. Artículo 2.- Modi ficar el articulo 4 estableciendo como horario único para la ejecución de obras de edi ficación y obras en Áreas de dominio público lo establecido en el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ordenanza N°478-MDS. Artículo 3.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro. Artículo 4.- Encargar a la O ficina General de Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario O ficial El Peruano; y a la O ficina General de Gobierno Electrónico y Digital su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisurquillo.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.CINTIA MERCEDES LOAYZA ALVAREZ Alcaldesa 2186248-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Municipal que aprueba los procedimientos de ratificación de ordenanzas distritales que dispongan la creación, modificación o que regulen tasas de carácter tributario en la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2023/MPC Callao, 9 de junio de 2023El CONCEJO PROVINCIAL DEL CALLAO,VISTO, en Sesión Extraordinaria, celebrada en la fecha, el Dictamen N° 014-2023-MPC-SR-COADAL de fecha 02 de junio de 2023, emitido por la Comisión de Administración y Asuntos Legales, el informe N°