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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (14/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de junio de 2023 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en coordenadas UTM de los vértices en sistema WGS84, en los meses de Septiembre 2021, Noviembre 2021, Febrero 2022, Marzo 2022, Mayo 2022, Junio 2022, Julio 2022; y de los vértices en sistema PSAD 56, en el mes de Mayo 2022 (Se publica la presente Resolución Directoral a solicitud del Gobierno Regional de Tacna, mediante O ficio Nº 405-2023-GGR/GOB.REG.TACNA, recibido el 12 de junio de 2023) DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE TACNA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 155-2022-DREM/GOB.REG.TACNA Tacna, 22 de agosto del 2022 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, el inciso f) del artículo 59º de la ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función especí fica de los Gobiernos Regionales “Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional” concordante con lo establecido en la Ordenanza Regional Nº 013-2021-CR/GOB.REG.TACNA, publicado con fecha 03 de septiembre del 2021, donde se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional de Tacna. Que, el Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº020-2020-EM, en su artículo 19º, numeral n) señala que son funciones del Gobierno Regional, publicar en el Diario O ficial El Peruano la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiera aprobado el mes anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, la autoridad competente publicará en el diario o ficial “El Peruano”; por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior. Que, para efectos de lo dispuesto en el articulo 124º del Decreto Supremo Nº014-92-EM, el INGEMMET o el Gobierno Regional competente, bajo responsabilidad, dentro de los primeros quince (15) días calendario de cada mes, publica en el Diario O ficial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato anterior; Dicha relación debe contener la siguiente información: a. Nombre de la concesión minera; b. Código Único; c. Nombres y apellidos o denominación social del titular; d. Coordenadas UTM WGS84 precisando el sistema geodésico de la concesión otorgada; e. Código y nombre de los petitorios o concesiones mineras, cuyo respeto se hubiera consignado en el título. f. Número y fecha de la Resolución de otorgamiento del título, conforme el artículo 38º del decreto supremo Nº020-2020-EM. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, Decreto Supremo Nº020-2020-EM, que aprueba el Reglamento de Procedimientos Mineros, concordante con las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/DM, de fecha 16 de noviembre del 2006, Resolución Ministerial Nº 121-2008-MEM/DM, de fecha 04 de marzo del 2008 y en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº172-2022-GR/GOB.REG.TACNA; y demás normas vigentes aplicables. SE RESUELVE:Artículo Primero.- PUBLÍQUESE en el Diario O ficial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en coordenadas UTM de los vértices en sistema WGS84, en los meses de Septiembre 2021, Noviembre 2021, Febrero 2022, Marzo 2022, Mayo 2022, Junio 2022, Julio 2022, y para los efectos a que se contraen los artículos 124ºdel Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM, de acuerdo a la nomenclatura que se establece, siendo estos los siguientes: NOMENCLATURA:A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN MINERA; B) CÓDIGO ÚNICO; C) NOMBRES Y APELLIDOS O DENOMINACIÓN SOCIAL DEL TITULAR; D) COORDENADAS UTM WGS84 PRECISANDO EL SISTEMA GEODÉSICO DE LA CONCESIÓN OTORGADA; E) ZONA F) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DE OTORGAMIENTO DEL TÍTULO 1. A) ROCKEFELLER III; B) 73-00007-19 ; C) EDUARDO CLAUDIO MORAN MIRANDA ; D) V1: N8024 E368 V2:N8024 E369 V3:N8023 E369 V4:N8023 E368 E) 19 F) R.D. Nº155-2021-DRSEMT/GOB.REG.TACNA/03 DE SEPTIEMBRE DEL 2021; 2. A) GRACIELA UNO; B) 73-00004-20; C) JOSE LUIS ZUÑIGA IRIARTE ; D) V1: N8024 E389 V2:N8022 E389 V3:N8022 E388 V4:N8024 E388 E) 19 F) R.D. Nº209- 2021-DREM/GOB.REG.TACNA/04 DE NOVIEMBRE DEL 2021 ; 3. A) MARQUITO III; B) 73-00032-20; C) FILOMENA CONDORI CCAMA D) V1: N8049 E307 V2:N8049 E306 V3:N8051 E306 V4:N8051 E307 E) 19 F) R.D. Nº208- 2021-DREM/GOB.REG.TACNA/04 DE NOVIEMBRE DEL 2021; 4. A) MARQUITO IV; B) 73-00064-20; C) FILOMENA CONDORI CCAMA D) V1: N8054 E316 V2:N8056 E316 V3:N8056 E315 V4:N8054 E315 E) 19 F) R.D. Nº236- 2021-DREM/GOB.REG.TACNA/17 DE NOVIEMBRE DEL 2021; 5. A) AGREGADOS DEL SUR TACNA I; B) 73- 00059-20; C) WILVER ÑACA CANQUI ; D) V1: N8027 E346 V2:N8025 E346 V3:N8025 E344 V4:N8026 E344 V5:N8026 E345 V6:N8027 E345 E) 19 F) R.D. Nº235- 2021- DREM/GOB.REG.TACNA/17 DE NOVIEMBRE DEL 2021 ; 6. A) VIRGEN DE COPACABANA VIII; B) 73-00016- 18; C) SEGUNDA CORMILLUNI MARCA ; D) V1: N8023 E386 V2:N8022 E386 V3:N8022 E385 V4:N8023 E385 E) 19 F) R.D. Nº002-2022-DREM/GOB.REG.TACNA/07 DE FEBRERO DEL 2022 ; 7. A) VIRGEN DE COPACABANA VII; B) 73-00012- 20; C) SEGUNDA CORMILLUNI MARCA ; D) V1: N8036 E347 V2:N8035 E347 V3:N8035 E346 V4:N8036 E346 E) 19 F) R.D. Nº003-2022-DREM/GOB.REG.TACNA/07 DE FEBRERO DEL 2022 ; 8. A) AGREGADOS A&H; B) 73-00062-20; C) AMERICO GABINO RAMOS ARCAYA ; D) V1: N8020 E379 V2:N8019 E379 V3:N8019 E378 V4:N8020 E378 E) 19 F) R.D. Nº030-2022-DREM/GOB.REG.TACNA/14 DE MARZO DEL 2022 ; 9. A) VIRGEN DE COPACABANA V–TACNA; B)73-00011-20; C) SEGUNDA CORMILLUNI MARCA ; D) V1: N8037 E344 V2: N8036 E344 V3: N8036 E342 V4:N8037 E342 E) 19 F) R.D. Nº033-2022-DREM/GOB. REG.TACNA/18 DE MARZO DEL 2022 ; 10. A) ARUNTA III; B) 73-00017-17 ; C) TRANSPORTES ZUÑIGA S.R.L. ; D) V1: N8021 E384 V2:N8021 E385 V3: N8020 E385 V4:N8020 E384 E) 19 F) R.D. Nº070-2022- DREM/GOB.REG.TACNA/12 DE MAYO DEL 2022 ; 11. A) BRENDA MARIAN; B) 73-00035-19 ; C) LIZARDO NOE TALA ROMERO ; D) V1: N8004 E370 V2:N8004 E371 V3: N8003 E371 V4:N8003 E370 E) 19 F) R.D. Nº076-2022-DREM/GOB.REG.TACNA/16 DE MAYO DEL 2022 ;