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62 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de junio de 2023 El Peruano / de la Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores “Programa Municipal EDUCCA Mira fl ores” y dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía N° 003-2023/MM, conforme lo ha sustentado la Subgerencia de Desarrollo Ambiental a través del Informe N° 093-2023-SGDA-GDUMA/MM y que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente conforme se desprende del Memorándum N° 040-2023-GDUMA/MM y con la conformidad de la Subgerencia de Presupuesto emitida mediante Memorándum N° 631-2023-SGP-GPP/MM, señalando además que se encuentra dentro del “Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA)” aprobado mediante Resolución Ministerial N° 003-2023-MINAM; por lo que corresponderá continuar con el trámite de aprobación por parte del Concejo Municipal, de considerarlo pertinente; Que, mediante el Memorándum N° 868-2023-GM/MM de fecha 16 de mayo de 2023, la Gerencia Municipal remite a la Secretaría General el Informe N° 142-2023-GAJ/MM juntamente con los actuados descritos, solicitando la prosecución del trámite respectivo, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando al Dictamen N° 024-2023/MM de la Comisión Conjunta de Asuntos Jurídicos y de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad y demás actuados, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, por UNANIMIDAD , y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES Artículo Primero .- APROBAR el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores “Programa Municipal EDUCCA Mira fl ores”, que como Anexo 1 de once (11) páginas, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Subgerencia de Desarrollo Ambiental, la implementación de la presente ordenanza, la elaboración y cumplimiento de la aprobación de los Planes de Trabajo Anuales correspondientes y la evaluación y reporte público de los resultados, para los mecanismos de proceso y mejora en el plan de trabajo del año siguiente, en correspondencia al programa aprobado según el Artículo Primero. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación de los Planes de Trabajo Anules correspondiente. Artículo Cuarto .- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía N° 003-2023/MM, que prorrogó la vigencia del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores 2018-2022 “Programa EDUCCA Mira fl ores” aprobado por Ordenanza N° 494/MM, al haberse actualizado el citado Programa mediante la presente Ordenanza, conforme al instructivo aprobado por el Artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 003-2023-MINAN. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la mencionada Ordenanza juntamente con su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS CANALES ANCHORENA Alcalde 2186411-1Modifican el Acuerdo de Concejo N° 090-2011/MM, mediante el cual se acordó institucionalizar la buena práctica denominada “Gobernando con el vecino: Audiencias vecinales con transparencia e inclusión en la gestión”, como parte de la política de transparencia y prioridad en la atención que brinda la Municipalidad de Miraflores ACUERDO DE CONCEJO N° 036-2023/MM Mira fl ores, 9 de junio de 2023 Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de junio de 2023, el Dictamen N° 022-2023/MM de fecha 31 de mayo de 2023, emitido conjuntamente por las Comisiones de Participación Vecinal y de Asuntos Jurídicos; el Memorándum N° 098-2023-GPV/MM de fecha 08 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Memorándum N° 104-2023-GAJ/MM de fecha 10 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 105-2023-GPV/MM de fecha 17 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe N° 145-2023-GAJ/MM de fecha 18 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 888-2023-GM/MM de fecha 18 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; el Proveído N° 027-2023-SG/MM de fecha 23 de mayo de 2023, emitido por la Secretaría General y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, de otro lado, el artículo 41° de la citada Ley, establece que los los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante el Acuerdo de Concejo N° 090-2011/ MM de fecha 15 de setiembre de 2011, en su artículo primero se acordó institucionalizar la buena práctica denominada “Gobernando con el vecino: Audiencias vecinales con transparencia e inclusión en la gestión”, como parte de la política de transparencia y prioridad en la atención que brinda la Municipalidad de Mira fl ores al vecino y demás ciudadanos en general, a fi n que sus ideas e intereses expresados continúen incorporándose para el mejor cumplimiento de los objetivos institucionales de esta entidad; Que, en el artículo segundo del mencionado Acuerdo de Concejo, se precisa que la buena práctica denominada “Gobernando con el vecino: Audiencias vecinales con transparencia e inclusión en la gestión”, será dirigida por el Alcalde de la Municipalidad de Mira fl ores, quien la realizará permanentemente durante un día a la semana, y se desarrollará en un espacio de tiempo adecuado, de tal modo que se garantice a los vecinos la satisfacción de sus inquietudes expuestas;