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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (15/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 109

109 NORMAS LEGALES Jueves 15 de junio de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, indica “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Asimismo, el Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 1°, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Art. 11°, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que los artículos 39 y 40 de la Ley N° 27972. Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; y que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el inciso 3) del artículo 9º y el artículo 26º de la Ley Nº 27972 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Concejo Municipal el adoptar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, administración Municipal que debe adoptar una Estructura Gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; Que, la Ley N° 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su Artículo 1 del 1.1. Indica, Declárase al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano. Asimismo, el Articulo 4 Finalidad del proceso de modernización de la Gestión del Estado. El proceso de modernización de la Gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, conforme establece el artículo N° 6 de la ley N°27658, el diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, se deben regir por los siguientes criterios: a) Las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos, debe estar plenamente justi fi cada y amparada en sus normas; b) Las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes y; c) En el diseño de la estructura orgánica publica prevalece el principio de especialidad debiéndose integrar las funciones y competencias fi nes; Que, el Decreto Supremo N°064-2021-PCM, modi fi ca al Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y modi fi cado con Decreto Supremo N°131-2018, precisando en su artículo N°46 que, se requiere la aprobación o modi fi cación del ROF, según corresponda en los siguientes supuestos: a) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización; b) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización; c) Por reasignación o modi fi cación de funciones, sin que se modi fi que la estructura orgánica; Que mediante resolución de secretaria de Gestión Publica N°007-2020-PCM/SGP, se apruebe la “Norma Técnica N°01-2020- PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades”, la cual tiene como fi nalidad que las municipalidades adopten el modelo que más se ajuste a sus características y a las necesidades de las personas de su jurisdicción. Coligiéndose que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debiendo ajustarse a la estructura de la organización a los requerimientos estratégicos de la institución, facilitar el desarrollo de las actividades operativas de la municipalidad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación; Que, mediante la Ordenanza Municipal N°025-2021/ MPNM, se aprobó el Reglamento de Organización y funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Antonio; siendo una estructura que adolece de órganos que hoy requiere San Antonio y la Municipalidad Distrital creada; Que, mediante Informe de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto se eleva la propuesta de ROF referida con la fi nalidad de incrementar el nivel de e fi ciencia y e fi cacia, mejorar la atención al ciudadano, así como optimizar el uso de recursos públicos, instrumento que guarda congruencia con las competencias previstas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, normas de los sistemas administrativos previstos en el artículo N° 46 de la ley N°29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en base a las normas sustantivas que otorgan funciones los puestos de gobiernos locales, por lo que recomienda que el ROF sea aprobado; Que, mediante Acta de Reunión de Trabajo en el Marco de la Modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Antonio de fecha 04 de abril del 2023, en la cual participaron los Gerentes, Sub Gerentes, Jefes de O fi cina, con las siguientes conclusiones: 1) Se cambio la denominación de O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria a O fi cina de Secretaria General, Gestión Documentaria e Imagen Institucional, 2) En la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto se creó la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, 3) En la Gerencia de Administración Tributaria se desdoblo la Subgerencia de Rentas, Fiscalización y Ejecución Coactiva en Sub Gerencia de Tributos y fi scalización y Sub Gerencia de Ejecución Coactiva, 4) En la Gerencia de Desarrollo Territorial e Infraestructura se creó la Sub Gerencia de Estudios de Infraestructura y se modi fi có el nombre de la Sub Gerencia de Infraestructura a Sub Gerencia de Obras, se creó la Sub Gerencia de Mantenimiento, 5) En la Gerencia de Desarrollo Económico y Social se creó la Sub Gerencia de Estudios Socio Económicos; y, 6) Se creó a la Unidad Operativa de Maquinaria y Equipo como dependiente de Gerencia Municipal; Que, la Municipalidad Distrital de San Antonio, en lo que respecta a la Función Sustantiva, que compete - conjunto de acciones que desarrolla la entidad para cumplir con su misión y objetivos institucionales. Estas acciones derivan de las normas sustantivas de cada entidad y se ejercen a través de sus órganos de línea; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos a través de Ordenanzas Municipales, las cuales, de conformidad de lo previsto por el art. 200, numeral 4) de la Constitución Política del Perú, tienen rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las Normas Regionales de carácter general; POR LO TANTO:El Pleno del Concejo Municipal, en cumplimiento de los dispositivos legales detallados en los considerandos y en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 9°, numerales 8 y artículo 40° del mismo cuerpo legal, por Unanimidad, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad