TEXTO PAGINA: 98
98 NORMAS LEGALES Jueves 15 de junio de 2023 El Peruano / de Salud, así como las políticas, planes, estrategias y proyectos en materia de salud aprobados por el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional y la Municipalidad Distrital Villa El Salvador. b) Promover la concertación, coordinación, articulación y seguimiento de las actividades de salud, con participación ciudadana. c) Proponer las prioridades en salud del distrito, orientadas al cuidado integral de salud de la población, en el marco de políticas nacionales, regionales y locales de salud. d) Promover la participación ciudadana y la coordinación intersectorial en la organización y funcionamiento de las Redes Integradas de salud de la jurisdicción de la Municipalidad de Villa el Salvador. e) Articular con otros CDS para fortalecer las Redes Integradas de Salud. f) Comunicar periódicamente al Comité Provincial de Salud, los avances y di fi cultades relacionados a la implementación de políticas, planes y proyectos que desarrollen en su ámbito territorial, para recomendar la toma de acciones en el marco de sus competencias. Artículo Segundo.- APROBAR la conformación del Comité Distrital de Salud del distrito de Villa el Salvador, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud, que está integrado por los siguientes miembros: a) El alcalde distrital, quien preside. b) El jefe de la Red Integrada de Salud (RIS) de Lima Sur, quien asume la Secretaría Técnica. c) Subgerente de Salud, Sanidad, Bienestar Social, DEMUNA, OMAPED y CIAM de la Municipalidad de Villa el Salvador o el/la que haga sus veces. d) Director y/o representante del Hospital Uldarico Roca -ESSALUD. e) 01 representante del Hospital de Emergencias de Villa el Salvador – HEVES f) 01 representante de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastre de la Municipalidad de Villa El Salvador.g) 01 representante de Sistema Metropolitano de La Solidaridad - SISOL sede Villa El Salvador. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Salud, Sanidad, Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED y CIAM), coordinar con la Secretaria Técnica del Comité Distrital de Salud de Villa el Salvador remitir periódicamente al Consejo Provincial de Salud, la sistematización de sus avances. Artículo Cuarto.- DISPONER que los miembros que conforman el Comité Distrital de Salud, pueden delegar su representación en un alterno, quien asiste únicamente en caso de ausencia del titular y es acreditado/a mediante comunicación escrita dirigida a la presidencia. De contar con miembros electos, éstos son sustituidos por su suplente, únicamente en caso de vacancia. Artículo Quinto.- ENCARGAR que un plazo no mayor de treinta (30) días naturales contados a partir del día siguiente de su instalación, el Comité Distrital de Salud del distrito de Villa el Salvador, apruebe su Reglamento de Funcionamiento Interno. Artículo Sexto.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y otras que sean necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación, en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe) Registrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 2186905-1 998 732 784 ventasegraf@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 ATENCIÓN COMERCIAL TODO LO QUE NECESITAS Y A TODO COLOR Te invitamos a conocer todos nuestros servicios en: