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36 NORMAS LEGALES Domingo 18 de junio de 2023 El Peruano / son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos en la Ley”. Asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que: “Corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o deroga las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, mediante Informes N° 0138-2023-MDL/GDU/ SDE y N° 0166-2023-MDL/GDU/SDE de fechas 18 de abril y 04 de mayo de 2023, de la Subgerencia de Desarrollo Económico, respectivamente; señala que la Ordenanza N° 461-2021-MDL, que regula el comercio en la vía pública de emprendedores camino a la formalización, no se ha cumplido con los plazos ni con el procedimiento establecido en el artículo 9° de dicho dispositivo legal, respecto a la incorporación al Padrón Municipal, asimismo, se advierte varios articulados que van en contra de lo señalado en la Ordenanza N° 1787-MML, y su modi fi catoria Ordenanza N° 1933-MML, por lo que, propone la derogación de la mencionada Ordenanza; Que, mediante Informe N° 0040-2023-MDL-GDU, de fecha 25 de abril de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano, hace suyo el Informe emitido por la Subgerencia de Desarrollo Económico, concluyendo también que debe procederse a derogar la citada Ordenanza; Que, en ese contexto, a través del Informe Nº 00294-2023-MDL-OGAJ, de fecha 05 de mayo de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, considera viable continuar con el procedimiento de derogatoria de la Ordenanza N° 461-2021-MDL, debiendo ser puesto a consideración del Concejo Municipal para su debate y/o aprobación, conforme lo establecido en el numeral 8 del artículo 9º en concordancia con el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9°, numeral 8) y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME de los miembros del Pleno del Concejo Municipal, y con Ia dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA N° 461-2021-MDL, QUE REGULA EL COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA DE EMPRENDEDORES CAMINO A LA FORMALIZACIÓN Artículo 1.- DEROGAR la Ordenanza N° 461- 2021-MDL, que regula el comercio en la vía pública de emprendedores camino a la formalización. Artículo 2.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3.- EXTENDER la vigencia de todas las autorizaciones aprobadas y emitidas para el comercio en la vía pública, que se otorgaron durante la vigencia de la Ordenanza N° 077-MDL y Decreto de Alcaldía N° 001-2004-MDL, hasta la emisión de la Ordenanza que regule el comercio en la vía pública en el distrito de Lince. Artículo 4.- ENCARGAR a la Subgerencia de Desarrollo Económico, que en un plazo máximo de ciento veinte (120) días calendarios, presente la propuesta de Ordenanza que regule el comercio en la vía pública en el distrito de Lince y su Reglamento, de acuerdo a la normativa vigente. Artículo 5.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; y en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.MALCA SCHNAIDERMAN LARA Alcaldesa 2188095-1MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Anexo de la Ordenanza Municipal N° 477- 2023-MDPH, que aprueba el Reglamento Interno de Concejo - RIC de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (La Ordenanza de la referencia fue publicada en la edición del día 10 de mayo de 2023) ANEXO - ORDENANZA MUNICIPAL N° 477-2023-MDPH REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO – RIC DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- El presente Reglamento norma el régimen interno del Concejo de la Municipalidad de Punta Hermosa, de fi ne su organización y funcionamiento, establece los derechos y deberes de los Regidores, regula el procedimiento de las sesiones de Concejo y el funcionamiento de las comisiones de Regidores. TÍTULO II DE LAS SESIONES DE CONCEJO Artículo 2 °.- La Secretaría General es el órgano de apoyo y gestión administrativa del Concejo. Está a cargo de un funcionario denominado Secretario General, designado por el Alcalde. Tiene las siguientes funciones: 1) Citar a las Sesiones del Concejo Municipal, por encargo del Alcalde. 2) Asistir a las Sesiones de Concejo Municipal.3) Llevar las actas de las Sesiones de Concejo y suscribirlas con el Alcalde. 4) Dar forma fi nal a las Ordenanzas, Acuerdos; así como suscribirlas con el Alcalde. 5) Tramitar y suscribir el Despacho del Concejo.6) Disponer la tramitación y atención de los pedidos y solicitudes de informes que formulen los Regidores, cuando sean aprobadas por el Concejo Municipal, en atención al Numeral II) del artículo 22 de la Ley 31433 (modi fi cación de la Ley 27972) 7) Coordinar con todas las áreas de la Entidad Municipal, a fi n de lograr un adecuado apoyo al Concejo Municipal, Alcalde, Regidores y/o Comisiones. 8) Comunicar a las áreas correspondientes los acuerdos tomados por el Concejo. 9) Las funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones. 10) En caso de ausencia del Secretario General, el Alcalde dispondrá que cualquier Alto funcionario asuma transitoriamente dicha función. 11) En caso que el Secretario General no cumpliera con las obligaciones señaladas en este Reglamento Interno de Concejo, será sancionado de acuerdo al Régimen Laboral aplicable, según corresponda. SESIONES ORDINARIAS Artículo 3°.- El Concejo Municipal se reúne en Sesión Ordinaria no menos de dos, ni más de cuatro veces al mes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13° de la Ley IV 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, para tratar asuntos de trámite regular. Las Sesiones Ordinarias tienen las siguientes Estaciones: a) Lectura y Aprobación de Actas b) Despacho;c) Informes y Pedidos