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5 NORMAS LEGALES Martes 20 de junio de 2023 El Peruano / b) Brindar asistencia técnica a los funcionarios de las municipalidades provinciales y municipalidades distritales a efectos de fortalecer sus capacidades de información y orientación en materia de protección de los derechos del consumidor. Artículo 4. Financiamiento La aplicación de lo establecido en la presente ley se fi nancia con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades públicas involucradas, según corresponda, sin implicar demandas adicionales del tesoro público. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los cinco días del mes de junio de dos mil veintitrés. JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA Presidente del Congreso de la República MARTHA LUPE MOYANO DELGADO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2188713-3 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 31793 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL “PROTOCOLO DE ENMIENDA DEL ACUERDO DE MARRAKECH POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO. ACUERDO SOBRE SUBVENCIONES A LA PESCA” Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa Se aprueba el “Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio. Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca”, adoptado el 17 de junio de 2022, en la ciudad de Ginebra, Suiza, con la siguiente declaración: “La República del Perú declara que, dado que no es Estado parte de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, cualquier mención a dicho tratado y a los espacios marítimos que este consagra en el Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca solamente será aplicable al Perú en aquello que constituya Derecho Internacional consuetudinario o re fl eje principios generales del Derecho.La presente declaración no tiene por objeto modi fi car o excluir los efectos jurídicos de las disposiciones del referido Acuerdo, sino busca dejar constancia de la posición del Perú sobre las cuestiones señaladas”. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los catorce días del mes de junio de dos mil veintitrés. JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZA PATA Presidente del Congreso de la República MARTHA LUPE MOYANO DELGADO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICALima, 19 de junio de 2023.Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2188713-4 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aceptan renuncia de Ministra de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA N° 093-2023-PCM Lima, 19 de junio de 2023 Vista la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Salud, formula la señora Rosa Bertha Gutiérrez Palomino; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministra de Estado en el Despacho de Salud, formula la señora Rosa Bertha Gutiérrez Palomino, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2188713-5 Nombran Ministro de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA N° 094-2023-PCM Lima, 19 de junio de 2023 Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú; el artículo 15-A de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado;