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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (20/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Martes 20 de junio de 2023 El Peruano / Negociación Internacional de la APCI ha emitido opinión técnica concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y seguros personales para el desplazamiento de los citados cooperantes a la República Dominicana; Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe N° 0090-2023/APCI-OAJ, de 25 de mayo de 2023, opina favorablemente respecto a la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum (DCI) N° DCI000605/2023, de 26 de mayo de 2023, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica que ha veri fi cado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación; De conformidad con la Ley N° 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, el Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de gasto Se autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y seguros personales para el desplazamiento de los cooperantes peruanos César Gustavo Falcón Mallqui y Jorge Martín Gutiérrez Ramírez, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la actividad denominada “Transferencia de la metodología de priorización de parques y distritos industriales adoptados por el MICM” del Proyecto denominado “Asistencia Técnica para fortalecer las capacidades institucionales en desarrollo y gestión e fi ciente de parques y distritos industriales en la República Dominicana”, a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 3 al 6 de julio de 2023, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos internacionales Lima-Santo Domingo-Lima (USD)Seguros personales (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal de viáticos (USD) César Gustavo Falcón Mallqui1142.39 71.97 315.00 4 1,260.00 Jorge Martín Gutiérrez Ramírez1142.39 71.97 315.00 4 1,260.00 Artículo 2.- Remisión de informe La Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la Actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, con base a la presente autorización. Artículo 3.- Pago de impuestos o derechos aduaneros La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2188678-1Autorizan a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, el gasto para el desplazamiento de cooperantes peruanos que brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de actividad a realizarse en la República Dominicana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0442-2023-RE Lima, 19 de junio de 2023VISTOS: El Memorándum (APC) Nº APC00222/2023, de 25 de mayo de 2023, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; el Memorándum (DCI) Nº DCI00603/2023, de 26 de mayo de 2023, de la Dirección de Cooperación Internacional; y, el Memorándum (LEG) Nº LEG01047/2023, de 31 de mayo de 2023, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Nº 27692 y sus normas modi fi catorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los bene fi cios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo Nº 719, y sus normas modi fi catorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, cientí fi ca y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 lo dispuesto en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, que autoriza a la APCI a fi nanciar, con cargo a su presupuesto institucional y en el marco de lo señalado por el Decreto Legislativo Nº 719, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de cooperantes peruanos al exterior, para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de bene fi ciarios extranjeros hacia el Perú para recibir capacitación, ambos de corta duración. Los gastos que se efectúen en el marco de la citada disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República del Perú y la República Dominicana se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Cientí fi ca, suscrito el 13 de julio de 2006, a través del cual, se estableció un mecanismo de seguimiento a las acciones de cooperación mediante el establecimiento de reuniones periódicas de seguimiento que se llevarán a cabo paralelamente en las ciudades de Lima y Santo Domingo; Que, en la III Reunión del Grupo de Trabajo de Cooperación Técnica y Cientí fi ca entre la República del Perú y la República Dominicana, se aprobó el Programa de Cooperación Técnica y Cientí fi ca Perú – República Dominicana 2022-2024, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado “Fortalecimiento de capacidades institucionales y de productores de agricultura familiar de la República Dominicana en materia de Inocuidad Agroalimentaria en Producción Primaria”;