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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (20/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Martes 20 de junio de 2023 El Peruano / tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen como funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del Ministerio de Educación dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria, propone los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del Ministerio de Educación, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de Universidades Públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado mediante Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, el artículo 1 de la Ley N° 30597, Ley que denomina Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles al Instituto Superior de Música Público Daniel Alomía Robles de Huánuco y Universidad Nacional Diego Quispe Tito a la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes Diego Quispe Tito del Cusco, y solamente cuentan con las carreras profesionales y especialidades que actualmente ofertan, denomina al Instituto Superior de Música Público Daniel Alomía Robles de Huánuco, como Universidad Nacional Daniel Alomía Robles; asimismo, el artículo 2 de la citada Ley, establece que la institución mencionada adecúa su estatuto y órganos de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30220; Que, la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final, de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, a que se re fi ere la Ley N° 30597, constituye un pliego presupuestario; asimismo, para la implementación del artículo 29 de la Ley Universitaria, se exceptúa al Ministerio de Educación de los numerales 61.2 y 61.3 del artículo 61 de esta última; Que, el literal B del capítulo IV.1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 158-2018-SUNEDU/CD, que aprueba la “Guía para la correcta aplicación del artículo 2 de la Ley N° 30597, respecto de la adecuación de los estatutos y los órganos de gobierno de la Universidad Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles y Universidad Nacional Diego Quispe Tito”, establece que todo el procedimiento de selección y designación de los miembros de la comisión organizadora de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles de Huánuco se rige por las reglas y requisitos previstos en la Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU o, en su defecto, por la normativa que sea emitida por el Ministerio de Educación, conforme con lo señalado en el artículo 29 de la Ley Universitaria;Que, con Resolución Viceministerial N° 300-2019-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles de Huánuco, quedando integrada por el señor ESPARTACO RAINER LAVALLE TERRY, como Presidente; y, la señora ELENA RAFAELA BENAVIDES RIVERA, como Vicepresidenta Académica, encargándosele además las funciones de Vicepresidenta de Investigación, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 055-2020-MINEDU se da por concluida la encargatura de la señora ELENA RAFAELA BENAVIDES RIVERA en las funciones de Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles de Huánuco; y, se designa al señor CARLOS MANUEL MANSILLA VASQUEZ, como Vicepresidente de Investigación de la referida Comisión Organizadora; Que, con Resolución Viceministerial Nº 086-2022-MINEDU se da por concluida la designación del señor ESPARTACO RAINER LAVALLE TERRY en el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles; y, se encarga a la señora ELENA RAFAELA BENAVIDES RIVERA, en su calidad de Vicepresidenta Académica, las funciones de Presidenta de la referida Comisión Organizadora, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular; Que, mediante O fi cio N° 00868-2023-MINEDU/VMGP- DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00074-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga: i) Dar por concluida la encargatura de la señora ELENA RAFAELA BENAVIDES RIVERA, en las funciones de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles de Huánuco; ii) Dar por concluidas las designaciones de la señora ELENA RAFAELA BENAVIDES RIVERA, en el cargo de Vicepresidenta Académica; y, del señor CARLOS MANUEL MANSILLA VASQUEZ, en el cargo de Vicepresidente de Investigación; y, ii) Reconformar la referida Comisión Organizadora designando al señor BENJAMIN VELAZCO REYES, en el cargo de Presidente; al señor AMANCIO RODOLFO VALDIVIESO ECHEVARRIA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, a la señora DELMA FLORES FARFAN, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación; Que, mediante Informe N° 00704-2023-MINEDU/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 30597, Ley que denomina Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles al Instituto Superior de Música Público Daniel Alomía Robles de Huánuco, y Universidad Nacional Diego Quispe Tito a la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes Diego Quispe Tito del Cusco y solamente cuentan con las carreras profesionales y especialidades que actualmente ofertan; la Ley N° 30851, Ley que establece medidas para la correcta aplicación de la Ley N° 30597; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; la Resolución del Consejo Directivo N° 158-2018-SUNEDU/CD, que aprueba la “Guía para la correcta aplicación del artículo 2 de la Ley N° 30597; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades