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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (24/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Sábado 24 de junio de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY Ordenanza Nº 529-MPI.- Ordenanza que aprueba la “2da campaña de beneficios tributarios extraordinarios 2023” en la jurisdicción del distrito de Mollendo 108 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALLAYUC Acuerdo Nº 067-2023-MDC/A.- Declaran como Bienes de Dominio Público, así como Cuentas Intangibles, diversas Cuentas Corrientes de la Municipalidad 109CONVENIOS INTERNACIONALES Protocolo de Enmienda al Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Consejo Federal Suizo Relativo a los Servicios Aéreos Regulares 110 Entrada en vigor del “Protocolo de Enmienda al Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Consejo Federal Suizo Relativo a los Servicios Aéreos Regulares” 111 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 31801 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE REGULA LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA PARA EL FORTALECIMIENTO DE SU PARTICIPACIÓN EN LA GESTIÓN MULTISECTORIAL DE LOS RECURSOS HÍDRICOS TÍTULO I USUARIOS DE AGUA CAPÍTULO ÚNICO OBJETO DE LA LEY, DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DE AGUA Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos, para su fortalecimiento. Artículo 2. Usuario de agua Se considera usuario de agua a toda persona natural o jurídica que posea un derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA). Se incluye a los titulares de certi fi cados nominativos que se deriven de una licencia de uso de agua en bloque. Artículo 3. Derechos de los usuarios de agua Son derechos de los usuarios de agua los siguientes: a) Acceder al suministro de agua o monitoreo y gestión de agua subterránea, y recibir la dotación de agua en la cantidad, calidad y oportunidad que corresponden de acuerdo con el derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), supeditado a las condiciones hidrológicas y las características de la infraestructura hidráulica.b) Gozar, en igualdad de oportunidades, de los bene fi cios que brinda la organización. c) Solicitar y recibir información de forma oportuna sobre la gestión de la organización a la que integra. d) Los demás derechos que se establezcan en el reglamento de la presente ley. Artículo 4. Obligaciones de los usuarios de agua Son obligaciones de los usuarios de agua las siguientes: a) Cumplir las disposiciones establecidas en la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos, la presente ley y las normas, disposiciones y procedimientos legales, reglamentarios y administrativos vigentes y aplicables, así como las disposiciones que expida la Autoridad Nacional del Agua (ANA), en el marco de sus competencias, funciones y atribuciones. b) Usar el agua en forma e fi ciente para el objeto y lugar que les fueran otorgados sin afectar derechos de terceros, bajo responsabilidad, sanción administrativa y denuncia ante los órganos pertinentes. c) Contribuir a la operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica y la conservación de las fuentes naturales ubicadas en la cuenca hidrográ fi ca sin afectar derechos de terceros, incluyendo aquellos establecidos en contratos de asociaciones público-privadas. d) Cumplir con el sostenimiento de las organizaciones a las que pertenecen a través del pago oportuno de la tarifa del agua y las retribuciones económicas establecidas por la Autoridad Nacional del Agua (ANA). e) Cumplir con los acuerdos adoptados en la Asamblea General de la organización de usuarios de agua, destinados al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. f) Integrar y participar, activa y obligatoriamente, en la gestión de las organizaciones de usuarios de agua que les correspondan, conforme a lo dispuesto en la presente ley, su reglamento y estatuto. g) Las demás que se establezcan en el reglamento de la presente ley y el estatuto de la organización. Artículo 5. Participación de los usuarios de agua en la gestión multisectorial 5.1. Los usuarios de agua participan en la gestión multisectorial y uso sostenible de los recursos hídricos en forma directa o personal o en forma institucional a través de las organizaciones de usuarios de agua. 5.2. La participación institucional genera los derechos y obligaciones siguientes para los usuarios de agua: a) Participar directamente en las sesiones de la asamblea, con voz y voto, interviniendo en la toma de decisiones.