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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (30/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2023 El Peruano / organizaciones políticas bene fi ciarias, en el marco de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N.º 28094, Ley de Organizaciones Políticas, y sus modi fi catorias, y la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administración a efectuar las transferencias interbancarias de las subvenciones del FPD correspondiente a los meses de julio a diciembre del año 2023 en las cuentas bancarias de las organizaciones políticas bene fi ciarias, comunicadas a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y que hayan cumplido con los requisitos señalados en el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolución Jefatural N.º 001669-2021-JN/ONPE, de conformidad con el Anexo de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Fijar el 15 de enero de 2024 como fecha límite de presentación de la rendición de cuentas del FPD correspondiente al segundo semestre del ejercicio anual 2023, que efectuarán los partidos políticos que obtuvieron representación en el Congreso de la República en las Elecciones Generales 2021, cuyo detalle se especi fi ca en el Anexo de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General notifi que la presente resolución a los representantes legales y tesoreros de las organizaciones políticas bene fi ciarias del FPD. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe ANEXO n.ºPARTIDO POLITICO CON REPRESENTACION EN EL CONGRESOTOTAL DEL SEMESTREJULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE 1PARTIDO POLÍTICO NACIONAL PERÚ LIBRES/ 1,075,639.61 S/ 179,273.26 S/ 179,273.26 S/ 179,273.26 S/ 179,273.26 S/ 179,273.26 S/ 179,273.31 2 FUERZA POPULAR S/ 957,530.59 S/ 159,588.43 S/ 159,588.43 S/ 159,588.43 S/ 159,588.43 S/ 159,588.43 S/ 159,588.44 3 RENOVACIÓN POPULAR S/ 843,268.72 S/ 140,544.78 S/ 140,544.78 S/ 140,544.78 S/ 140,544.78 S/ 140,544.78 S/ 140,544.824 ACCIÓN POPULAR S/ 825,571.60 S/ 137,595.26 S/ 137,595.26 S/ 137,595.26 S/ 137,595.26 S/ 137,595.26 S/ 137,595.305 ALIANZA PARA EL PROGRESO S/ 741,414.23 S/ 123,569.03 S/ 123,569.03 S/ 123,569.03 S/ 123,569.03 S/ 123,569.03 S/ 123,569.08 6AVANZA PAÍS – PARTIDO DE INTEGRACIÓN SOCIALS/ 741,130.77 S/ 123,521.79 S/ 123,521.79 S/ 123,521.79 S/ 123,521.79 S/ 123,521.79 S/ 123,521.82 7 JUNTOS POR EL PERÚ S/ 687,321.48 S/ 114,553.57 S/ 114,553.57 S/ 114,553.57 S/ 114,553.57 S/ 114,553.57 S/ 114,553.638PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERÚS/ 661,153.18 S/ 110,192.19 S/ 110,192.19 S/ 110,192.19 S/ 110,192.19 S/ 110,192.19 S/ 110,192.23 9 PODEMOS PERÚ S/ 644,211.68 S/ 107,368.61 S/ 107,368.61 S/ 107,368.61 S/ 107,368.61 S/ 107,368.61 S/ 107,368.63 10 PARTIDO MORADO S/ 620,759.78 S/ 103,459.96 S/ 103,459.96 S/ 103,459.96 S/ 103,459.96 S/ 103,459.96 S/ 103,459.98 TOTAL S/ 7,798,001.64 S/ 1,299,666.88 S/ 1,299,666.88 S/ 1,299,666.88 S/ 1,299,666.88 S/ 1,299,666.88 S/ 1,299,667.24 CRONOGRAMA DE DEPOSITOS (*)1RA QUINCENA DE JULIO1RA QUINCENA DE AGOSTO1RA QUINCENA DE SEPTIEMBRE1RA QUINCENA DE OCTUBRE1RA QUINCENA DE NOVIEMBRE1RA QUINCENA DE DICIEMBRE PLAZO DE RENDICIÓN DE CUENTAS 15 DE ENERO DEL 2024 (*) Se debe tener presente que los depósitos de la subvención mensual generada por el FPD a las organizaciones políticas serán abonados a sus cuentas bancarias, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 11 del RFSFP. 2191824-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Prorrogan excepcionalmente la vigencia de los documentos nacional de identidad - DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Municipales Complementarias 2023, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000117-2023/JNAC/RENIEC Lima, 29 de junio de 2023 VISTOS: El Decreto Supremo Nº 001-2023-PCM, la Hoja de Elevación Nº000231-2023/DRE/RENIEC (28JUN2023) el Informe Nº 000124-2023/DRE/RENIEC (28JUN2023) y el Memorando Nº 000767-2023/DRE/RENIEC (28JUN2023) de la Dirección de Registro Electoral y el Informe Nº000707-2023/OAJ/RENIEC (28JUN2023) de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que mediante Ley Nº30673, ley que modi fi ca la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la Ley 27683, Ley de Elecciones Regionales y la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales, con la fi nalidad de uniformizar el cronograma electoral se dispuso la modi fi cación –entre otros– del artículo 201º de la Ley Nº26859, Ley Orgánica de Elecciones Regionales, relacionada al cierre del padrón electoral, estableciendo que en todos los procesos electorales, el padrón electoral se cierra trescientos sesenta y cinco (365) días calendario antes de la fecha de la respectiva elección y comprende a todas aquellas personas que cumplan la mayoría de