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90 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban el Tarifario, requisitos y costos del Servicio No Exclusivo de la Gerencia de Salud, Subgerencia de Limpieza Pública, Subgerencia de Licencias y Comercio y Subgerencia de Serenazgo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 295-2023/MDSM San Miguel, 27 de abril del 2023 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;VISTOS, el Memorando N° 672-2023-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 158-2023-OAJ/MDSM emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 351-2023-OPP/MDSM emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 163-2023-GS/MDSM emitido por la Gerencia de Salud, el Informe N° 094-2023-SGLP-GGASC/MDSM emitido por la Subgerencia de Limpieza Pública, Informe N° 113-2023-SGLC-GEDECI-MDSM emitido por la Subgerencia de Licencias y Comercio, y el Informe N° 129-2023-SUGESE-GESECI/MDSM emitido por la Subgerencia de Serenazgo y; CONSIDERANDO: Que, artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, artículo 195° de la Constitución Política del Perú, establece, entre otros, que las Municipalidades son componentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de adecuación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de recursos naturales, transporte colectivo, cultura, recreación, deporte y otros conforme a ley; Que, el artículo 43° del Texto Único Ordenado de Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de una Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y los costos correspondientes de los mismos, los cuales deberán ser difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), es un documento de gestión el cual brinda la posibilidad a la entidad de otorgar a los administrados servicios que pueden ser entregados por otras instituciones públicas siempre que no pertenezcan a sus funciones exclusivas o privadas, para satisfacer una demanda; Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 241-2023/ MDSM de fecha 31 de marzo de 2023, se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel, con la fi nalidad de Consolidar el tarifario de los Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, mediante Ordenanza N° 476/MDSM de fecha 02 de marzo de 2021 se aprobó la Modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, los órganos y unidades orgánicas como son la Gerencia de Salud, Subgerencia de Limpieza Pública, Subgerencia de Serenazgo y Subgerencia de Licencias y Comercio identi fi caron e informaron los servicios exclusivos que prestan, sus requisitos y tarifas; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorando N° 351-2023-OPP/MDSM, emite opinión favorable a la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, informe que contó con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por el artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipales; SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR el Tarifario, requisitos y costos del Servicio No Exclusivo de la Gerencia de Salud, Subgerencia de Limpieza Pública, Subgerencia de Licencias y Comercio y Subgerencia de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Artículo 3°.- ENCARGAR a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Salud, Subgerencia de Limpieza Pública, Unidad de Licencia y Comercio y Subgerencia de Serenazgo, el cabal cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 2191520-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 481- MVES, Ordenanza ¨VIVAMOS EL CAMBIO¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2023-ALC/MVES Villa El Salvador, 26 de junio del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS: El Memorando Nº 495-2023-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 192-2023-OAJ/MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 084-2023- GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Informe Nº 348-2023-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 481-MVES, Ordenanza ¨VIVAMOS EL CAMBIO¨ que establece bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, en concordancia