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88 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2023 El Peruano / de Alcaldía pueda dictar las disposiciones necesarias para su correcta aplicación y aprobar la prórroga de su vigencia, de ser el caso; Que, con Informe N° 0094-2023-MDSL/GSAT, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, sustenta la necesidad de prorrogar hasta el 31 de julio del 2023, la fecha de vencimiento del bene fi cio tributario otorgado a través de la Ordenanza N° 345-MDSL/C, señalando que: “de acuerdo al Informe N° 0463-2023-MDSL-GSAT-SGRCD, emitido por la Subgerencia de Registro y Control de Deuda, señala que ha visualizado la acogida de los contribuyentes al bene fi cio tributario. Asimismo, precisa que los contribuyentes mani fi estan el deseo de ponerse al día en sus deudas tributarias de años anteriores pendientes de pago, por lo que solicitan un bene fi cio tributario. A fi n de que los contribuyentes regularicen sus deudas tributarias y cumplan con sus obligaciones (…)”; Estando a lo expuesto, y contando con la opinión legal favorable expresada en el Informe Legal N° 275-2023-MDSL-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 42° y el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 345-MDSL/C hasta el 31 de julio del 2023, la misma que establece el Bene fi cio Tributario en el distrito de San Luis. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Subgerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica; a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información; y, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, el cumplimiento de la presente norma debiendo las demás dependencias orgánicas de la municipalidad, prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RICARDO ROBERT PEREZ CASTRO Alcalde 2191759-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 349-MDSL/C, Ordenanza que autoriza sorteo público - Si te encuentras al día en el Impuesto Predial 2023, podrás participar del sorteo “San Luisino Puntual 2023” DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2023-MDSL/A San Luis, 28 de junio del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Memorando N° 1108-2023-GM-MDSL de la Gerencia Municipal; el Informe Legal N° 281-2023-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 0095-2023-MDSL/GSAT, de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; el Informe N° 0466-2023-MDSL-GSAT-SGRCD emitido por la Subgerencia de Registro y Control de Deuda; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que: “(…) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía”. Asimismo, el artículo 42° de la norma citada prescribe que “los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal”; Que, mediante Ordenanza Nº 349-MDSL/C Ordenanza que Autoriza sorteo Público si te encuentras al día en el impuesto Predial 2023, podrás participar del sorteo “San Luisino Puntual 2023”. publicado el 15 de junio de 2023 en el Diario O fi cial “El Peruano”; asimismo en su artículo séptimo establece: “Facúltese al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como establecer prorrogas de la vigencia de la misma”. Que, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria a través del Informe Nº 0095-2023-MDSL/GSAT informa que resulta necesario proceder a extender la vigencia de la Ordenanza ya que los contribuyentes desean pagar su impuesto predial 2023 y poder participar en el sorteo precisado en la Ordenanza Nº 349-MDSL/C que cuenta con el bene fi cio señalado en su artículo cuarto y artículo tercero y en las Bases del Sorteo artículo tercero numeral 2) se considere hasta el 31 de julio a los contribuyentes hábiles para participar en el sorteo público, que hayan cumplido con el pago anual de su Obligación Tributaria por concepto de impuesto predial 2023 por lo cual presente la Ordenanza Coadyuvará con el cumplimiento del programa incentivos a la mejora de la gestión municipal (PI) 2023 de incrementar los niveles de recaudación de esta entidad edil; Que, mediante Informe Legal N° 281-2023-MDSL- GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por “viabilizar mediante Decreto de Alcaldía lo solicitado por la Gerencia de Administración Tributaria en los términos que indica el Informe de la GAT por encontrase arreglado a ley (…)”; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20 y 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de julio de 2023 la vigencia de la Ordenanza Nº 349-MDSL/C Ordenanza que Autoriza sorteo público - Si te encuentras al día en el impuesto Predial 2023, podrás participar del sorteo “San Luisino Puntual 2023”. Artículo Segundo.– PRORROGAR el bene fi cio precisado en su artículo tercero y artículo cuarto la Ordenanza Nº 349-MDSL/C y en el numeral 2 del artículo tercero de las Bases del Sorteo, a fi n de que se considere hasta el 31 de julio a los contribuyentes hábiles para participar en el sorteo público, que hayan cumplido con el pago Anual de su Obligación Tributaria por concepto de impuesto predial 2023. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y demás áreas involucradas de la Corporación Municipal dar efectivo cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, a la Gerencia de Tecnología de la Información la publicación en el Portal de la Entidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RICARDO ROBERT PEREZ CASTRO Alcalde 2191760-1