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81 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2023 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva SBS N° SBS-DIR-SBS-085-26 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2023; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas, del 23 al 28 de julio de 2023 a Gran Caimán, Islas Caimán, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2023, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 1 063,17 Viáticos US$ 1 290,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2190421-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Cercado de Lima 2023 ORDENANZA Nº 2554 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, a través del Dictamen N° 006-2023-MML-CMSCDC y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, a través del Dictamen N° 053-2023-MML-CMAL, el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL CERCADO DE LIMA 2023 Artículo 1.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Cercado de Lima 2023 que, como anexo, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cumplimiento del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Cercado de Lima 2023; y a la O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica, a la O fi cina General de Finanzas y demás órganos competentes, en el marco de sus funciones y atribuciones, la incorporación del mencionado plan de acción distrital, al Plan Operativo Institucional y la asignación presupuestaria institucional correspondiente, conforme a la normativa vigente. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaria del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la O fi cina de Gobierno Digital la publicación de la misma, incluido su anexo, en el portal institucional: www.munlima.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.gob.pe. Artículo 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Lima, 23 de junio de 2023.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2191758-1 Amplían declaratoria de emergencia de la seguridad ciudadana en la provincia de Lima ACUERDO DE CONCEJO N° 206 Lima, 23 de junio de 2023EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTO;El Concejo Metropolitano de Lima en sesión ordinaria de la fecha, acordó lo siguiente: VISTO:El Memorando N° D000561-2023-MML-GSGC, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe N° D000183-2023-MML-OGAJ, de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D000929-2023-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante: la Ley N° 27972), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 197 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, lo cual permite a los gobiernos locales tener plena participación en la seguridad ciudadana. Asimismo, su artículo 198 señala que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene un régimen especial y ejerce sus competencias dentro del ámbito de la provincia de Lima; Que, los numerales 29 y 35 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en