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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2023 (18/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Sábado 18 de marzo de 2023 El Peruano / Superior y las O fi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura; debiendo informar semanalmente la labor realizada al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Delegar facultades a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país para que en el marco de lo establecido en la presente resolución, dispongan las medidas sanitarias necesarias; así como de los recursos humanos y logísticos para el adecuado funcionamiento de órganos jurisdiccionales del 1 al 30 de abril de 2023, y dictar las medidas complementarias que se requieran; según la realidad y ubicación geográ fi ca de cada sede judicial, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Sétimo.- Delegar facultades al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fi n que emita las medidas pertinentes respecto a las disposiciones que dicte el Gobierno Central sobre la prevención y control de la propagación del COVID-19. Las medidas que emita deben ser focalizadas y progresivas, empezando por la o fi cina y sede judicial, a fi n de no afectar el servicio público esencial de administración de justicia; solicitándose, además, informe de la O fi cina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial. Artículo Octavo.- Disponer que los Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República remitan informe sobre la labor jurisdiccional de cada juez/a, al vencimiento de cada mes, a la O fi cina de Productividad Judicial; posteriormente, la referida información se presentará al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su análisis y pronunciamiento que corresponda. Asimismo, establecer que las O fi cinas Distritales de Productividad Judicial reciban la información sobre la labor jurisdiccional que remitan los Presidentes/as de las Salas Superiores de las Cortes Superiores de Justicia del país. Los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país remitirán al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial copia de la mencionada información, para su análisis por la O fi cina de Productividad Judicial; conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 000316-2021-CE-PJ. Artículo Noveno.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA PresidenteConsejo Ejecutivo 2161595-4 Disponen la suspensión de plazos procesales los días 13 y 14 de marzo de 2023, en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000108-2023-CE-PJ Lima, 16 de marzo del 2023VISTO:El O fi cio N° 005-2023-P-CSJLA/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante el o fi cio en referencia, se solicita la suspensión de los plazos procesales y la suspensión de labores judiciales y administrativas, por los días 13 y 14 de marzo de 2023, en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Segundo. Que, lo solicitado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque se sustenta en la grave situación de emergencia, con motivo de las intensas lluvias que se han suscitado en la región, lo que viene ocasionando daños materiales, cortos circuitos, inundaciones y desmoronamiento de diferentes áreas de las distintas sedes judiciales de dicha Corte Superior; e, incluso el incendio del Palacio de Justicia - Sede Antigua de la mencionada Corte Superior, ocurrido el 10 de marzo del presente año. Tercero. Que, por Decreto Supremo N° 034- 2023-PCM publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de marzo de 2023, se ha declarado el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de departamentos, entre ellos, Lambayeque, por el impacto de los daños ocasionados por las intensas precipitaciones pluviales. Cuarto. Que, en tal sentido, atendiendo a lo previsto en el numeral 14) del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, y el artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que amparan el derecho a la defensa; así como, a lo dispuesto en el artículo 1999° del Código Civil, respecto a la alegación de la suspensión e interrupción; y, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como una de las funciones y atribuciones de este Órgano de Gobierno, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia, resulta necesario que se emita la resolución administrativa correspondiente, aprobando la suspensión de plazos procesales solicitada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 532- 2023 de la décima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de marzo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, de manera excepcional, la suspensión de plazos procesales los días 13 y 14 de marzo de 2023, en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a fi n de no perjudicar a los justiciables y usuarios. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA PresidenteConsejo Ejecutivo 2161595-5 Reprograman el funcionamiento de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses, a partir del 1 de junio de 2023 CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000109-2023-CE-PJ Lima, 16 de marzo del 2023