TEXTO PAGINA: 13
13 NORMAS LEGALES Sábado 18 de marzo de 2023 El Peruano / De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora ANA CECILIA INGLIS CORNEJO, en el cargo de Directora Ejecutiva (CAP – P Nº 1730), Nivel F-4, de la Dirección de Infosalud de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2161331-1 Modifican el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 026-2023/MINSA, sobre delegación de facultades a los/las Viceministros/as del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 309-2023/MINSA Lima, 16 de marzo del 2023VISTO, el Expediente Nº SG000020230000176, que contiene el Memorándum Nº D000152-2023-SG-MINSA emitido por la Secretaría General, la Nota Informativa Nº D000107-2023-OGA-MINSA emitida por la O fi cina General de Administración, el Memorándum Nº D000016-2023-OGPPM-OPMI-MINSA, el Informe Nº D000065-2023-OGPPM-OOM-MINSA y el Memorándum Nº D000632-2023-OGPPM-MINSA emitidos por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Memorándum Nº D000133-2023-DVMPAS-MINSA emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y el Informe Nº D000269-2023-OGAJ-MINSA emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar la competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, el literal e) del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministro de Salud es la más alta autoridad política del Sector; y tiene entre otras funciones, las que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el numeral 17.3. del artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, señala que la elaboración del expediente técnico o documento equivalente debe sujetarse a la concepción técnica, económica y el dimensionamiento contenido en el estudio de preinversión o fi cha técnica, para el caso de proyectos de inversión, o a la información registrada en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, para el caso de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación; Que, los numerales 32.3. y 32.4. del artículo 32 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01 “Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 señalan lo siguiente “Previamente al registro del resultado del expediente técnico o documento equivalente, la UEI remite el Formato Nº 08-A: Registros en la fase de Ejecución para proyectos de inversión debidamente visado y fi rmado a la UF para su revisión, evaluación y posterior aprobación de la consistencia de dicho documento con la concepción técnica y el dimensionamiento del proyecto de inversión. La aprobación de la referida consistencia constituye requisito previo para la aprobación del expediente técnico o documento equivalente. (…) La aprobación del expediente técnico o documento equivalente se realiza de acuerdo a la normativa de organización interna de la entidad o estatuto de la empresa pública a cargo de la ejecución de la inversión (…)”; Que, con fecha 06 de enero de 2023 se publica en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución Ministerial Nº 026-2023/MINSA, mediante la cual se aprueba la delegación de facultades a diversos funcionarios del Ministerio de Salud durante el año fi scal 2023; Que, mediante el Memorándum Nº D000152-2023-SG- MINSA del 27 de febrero de 2023 la Secretaría General solicita a la O fi cina General de Administración que, a fi n de implementar la compra centralizada de equipamiento biomédico en el marco del inciso b) del artículo 37.1 dese la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, señale si se requiere algún tipo de modi fi cación a la delegación de facultades en materia de inversión pública de la Resolución Ministerial Nº 026-2023/MINSA; Que, mediante la Nota Informativa Nº D000107-2023- OGA-MINSA del 28 de febrero de 2023, la O fi cina General de Administración propone la modi fi cación del literal d) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 026-2023/MINSA; Que, mediante el Memorándum Nº D000016-2023- OGPPM-OPMI-MINSA del 02 de marzo de 2023, la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización mani fi esta su conformidad con la propuesta alcanzada por la O fi cina General de Administración mediante la Nota Informativa Nº D000107-2023-OGA-MINSA; Que, mediante el Informe Nº D000065-2023-OGPPM- OOM-MINSA del 02 de marzo de 2023, la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite su opinión técnica; Que, mediante el Memorándum Nº D000133-2023- DVMPAS-MINSA del 07 de marzo de 2023, el Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud mani fi esta que luego de la revisión de la propuesta de modi fi cación se propone ajustes a la fórmula alcanzada. Que, de acuerdo a las opiniones recibidas y a las coordinaciones realizadas, así como a la normativa antes indicada, se aprecia que resulta legalmente procedente la modi fi cación de la facultad delegada en el literal d) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 026-2023/MINSA; Con el visado de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones