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5 NORMAS LEGALES Sábado 25 de marzo de 2023 El Peruano / cumplimiento de la función de la Secretaría Técnica del FIDT, referida a brindar asistencia técnica, al total de inversiones correspondientes a los gobiernos regionales y locales bene fi ciarios de los Concursos FIDT respectivos, conforme lo establecido en el inciso 6 del párrafo 12.1 del artículo 12 del presente Decreto Legislativo. Los recursos del FIDT no pueden utilizarse en gasto corriente para el pago de remuneraciones, pensiones o retribuciones destinados a gastos de personal de cualquier índole.” (…) “Artículo 12.- Funciones de la Secretaría Técnica 12.1 La Secretaría Técnica tiene las siguientes funciones: (…) 6. Brindar asistencia técnica a los gobiernos regionales y gobiernos locales ganadores de los concursos FIDT respectivos, durante la ejecución de los convenios suscritos, en el marco del FIDT, la cual se fi nancia a través de los recursos que son asignados al FIDT, de acuerdo a la normativa vigente. 7. La Secretaría Técnica del FIDT determina el monto anual para el cumplimiento de su función referida a brindar asistencia técnica a las inversiones a cargo de los gobiernos regionales y locales ganadores de los concursos FIDT respectivos. La Secretaría Técnica del FIDT pone en conocimiento del Consejo Directivo del FIDT, el monto que determine para fi nanciar la asistencia técnica en el año, pudiendo este órgano colegiado solicitar la información que considere pertinente, en el marco de su función establecida en el numeral 3 del párrafo 11.1 del artículo 11 del presente Decreto Legislativo.” Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Legislativo es refrendado por el Presidente de Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. POR TANTO:Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2163798-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial DECRETO SUPREMO Nº 042-2023-PCM LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, dispone que corresponde al Presidente de la República dirigir la política general del gobierno; Que, asimismo, el artículo 130 de la Constitución Política del Perú, establece que, dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo de Ministros concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión; Que, según lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 19 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Presidente del Consejo de Ministros tiene, entre otras, la función de apoyar al Presidente de la República en la gestión de la política general del gobierno; Que, con Decreto Supremo N° 029-2018-PCM se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, el cual tiene como fi nalidad desarrollar la rectoría de las políticas nacionales en todo el territorio a efecto de que sean implementadas por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de los ciudadanos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del referido Reglamento, señala que la Política General de Gobierno es el conjunto de políticas priorizadas que se desarrollan a través de políticas nacionales; Que, asimismo, el numeral 7.4. del artículo 7 de la citada norma, señala que, a los cuarenta (40) días de haber asumido sus funciones, el Presidente de la República, y por iniciativa de este, el Consejo de Ministros aprueba mediante acuerdo la Política General de Gobierno, en el marco de las Políticas de Estado, los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y las políticas nacionales vigentes. Dicha Política General se materializa mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros; Que, con fecha 10 de enero de 2023, el Presidente del Consejo de Ministros expuso ante el Congreso de la República un conjunto de ejes actualizados según el contexto actual, lo que conlleva la necesidad de aprobar la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial; Que, en sesión de fecha 22 de marzo de 2023, el Consejo de Ministros acordó aprobar la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, la cual contiene ejes y lineamientos para superar las mayores brechas identi fi cadas en el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de las personas, así como en la provisión de los servicios elementales; Que, los ejes y lineamientos de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial orientan el desarrollo y actualización de las políticas nacionales, planes e intervenciones gubernamentales y se encuentran en concordancia con las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Visión del Perú al 2050; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial Aprobar la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, que incluye ejes y lineamientos. Artículo 2.- Ámbito de aplicación La Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, es de aplicación inmediata por todas las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales y sus entidades adscritas en el marco de sus competencias. Artículo 3.- Ejes de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial La Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial se desarrolla sobre nueve ejes,