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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2023 (25/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 25 de marzo de 2023 El Peruano / salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno dos (2) días después del término de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio N° 1746/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Alférez de Fragata Leonardo Juvenal PONCE DE LEÓN ZAMORA, para que participe en la Primera Fase del Crucero de Instrucción “Ibero-Bizantino 2023” a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE-01), de la Armada de México, del 29 de marzo al 29 de julio de 2023, de acuerdo a lo indicado en el itinerario previsto, considerando la fecha de llegada y embarque al Puerto de Acapulco, Estados Unidos Mexicanos el 29 de marzo de 2023; debiendo zarpar el 1 de abril de 2023 del Puerto de Acapulco y arribar al Puerto de Nápoles en la República Italiana el 29 de julio de 2023; así como, autorizar su salida del país el 28 de marzo y su retorno el 31 de julio de 2023, con permanencia en puerto extranjero por un período total de 41 días; Que, con O fi cio N° 00699-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 143-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo y, conforme a su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG; Que, mediante el Informe Legal N° 00439-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Alférez de Fragata Leonardo Juvenal PONCE DE LEÓN ZAMORA, para que participe en la Primera Fase del Crucero de Instrucción “Ibero-Bizantino 2023” a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE-01), de la Armada de México, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Alférez de Fragata Leonardo Juvenal PONCE DE LEÓN ZAMORA, identi fi cado con CIP N° 00125891 y DNI N° 74528196, para que participe en la Primera Fase del Crucero de Instrucción “Ibero-Bizantino 2023” a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE-01), de la Armada de México, del 29 de marzo al 29 de julio de 2023, con permanencia en puerto extranjero por un período total de cuarenta y un (41) días; así como autorizar su salida del país el 28 de marzo y su retorno el 31 de julio de 2023; por los fundamentos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima – ciudad de Acapulco (Estados Unidos Mexicanos) – ciudad de Nápoles – (República Italiana) - Lima US$ 4,052.70 x 1 persona (incluye importe TUUA) US$ 4,052.70 Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: Acapulco (Estados Unidos Mexicanos)US$ 74.02 x 1 O fi cial Subalterno x 3 días US$ 222.06 Puerto de La Habana (República de Cuba)US$ 74.02 x 1 O fi cial Subalterno x 5 días US$ 370.10 Puerto de Boston (Estados Unidos de América)US$ 74.86 x 1 O fi cial Subalterno x 5 días US$ 374.30 Total a pagar en dólares americanos: US$ 5,019.16 Puerto de Gijón (Reino de España) € 58.95 x 1 O fi cial Subalterno x 5 días € 294.75 Puerto de Ibiza (Reino de España)€ 58.95 x 1 O fi cial Subalterno x 3 días € 176.85 Puerto de Ruan (República Francesa)€ 64.13 x 1 O fi cial Subalterno x 10 días € 641.30 Puerto de Estambul (República de Turquía)€ 56.35 x 1 O fi cial Subalterno x 4 días € 225.40 Puerto de Nápoles (República Italiana)€ 62.18 x 1 O fi cial Subalterno x 3 días € 186.54 Total a pagar en euros: € 1,524.84 Puerto de Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) £ 59.19 x 1 O fi cial Subalterno x 3 días £ 177.57 Total a pagar en libras esterlinas: £ 177.57 Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal naval comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.