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61 NORMAS LEGALES Viernes 31 de marzo de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1°.- Anular, el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil de don JORGE ALBERTO GUTIERREZ RODRIGUEZ, registrado en el Libro de Bachilleres Nº 3, página 147, con número de registro 9857-B, con fecha de otorgamiento 07 de noviembre de 1984, por motivo de pérdida. Artículo 2°.- Otorgar, el duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil a favor de don JORGE ALBERTO GUTIERREZ RODRIGUEZ, en mérito a los considerandos de la presente Resolución. Artículo 3°.- Encargar, a la Unidad de Grados y Títulos la expedición del Duplicado del Diploma de Grado de Bachiller, respectivo y su inscripción ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria 2157519-1 Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 11021-2023-UNJBG Tacna, 17 de febrero de 2023VISTOS: El O fi cio Nº 438-2023-OPEP/UNJBG, O fi cio Nº 4587- 2022-OPEP/UNJBG, Proveídos Nº 10046-2023-REDO y Nº 364 y 563-2023-SEGE, remitidos para aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Jorge Basadre Gorhmann; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos es un documento técnico normativo de gestión, que brinda a los administrados (personas naturales y jurídicas) la información sobre los procedimientos administrativos (base legal, requisitos, costos, plazos, etc.) que se tramitan ante las entidades. Es un documento único que consolida, ordena y sistematiza todos los procedimientos administrativos de la entidad, asimismo brinda información a los administrados sobre los procedimientos administrativos que compete a cada entidad; Que, el numeral 40.3 del artículo 40 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados por cada entidad; asimismo, los artículos 43 y 44 del mismo cuerpo legal, disponen la obligatoriedad de las entidades de la Administración Pública de elaborar, aprobar y publicar el íntegro de su Texto Único de Procedimientos Administrativo (TUPA), cumpliendo los requisitos establecidos para tal fi n. Finalmente, de conformidad con los numerales 44.1 y 44.5 del artículo 44 del citado TUO, el TUPA es aprobado o modi fi cado por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú;Que, con Resolución Rectoral Nº 9792-2022-UNJBG, se aprueba la adecuación a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1203 que crea el Sistema Único de Trámites (SUT), del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; asimismo, deja sin efecto toda disposición y/o Resolución que se oponga a la presente; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1203, se crea el Sistema Único de Trámites (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del TUPA, así como el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, con su correspondiente información sustentatoria, formulados por las entidades de la Administración Pública; asimismo, por Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203, estableciéndose disposiciones para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los TUPA que compendian los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, a través del SUT, a cargo de las entidades de la administración pública; Que, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, remite Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, solicitando su aprobación por modi fi cación parcial, asimismo, solicita se gestione su publicación en el Diario O fi cial El Peruano; y la fecha de la entrada en vigencia es a partir del días siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en virtud a lo expuesto, el señor Rector con Proveído Nº 10046-2022-REDO, dispone la emisión de la resolución correspondiente, para los fi nes a que diere lugar; De conformidad con el Art. 62º numeral 62.2 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Art. 153º inc. d) del Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo Nº 1203 - Sistema Único de Trámites (SUT), y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Rectoral Nº 9792-2022-UNJBG, se aprueba la adecuación a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1203 que crea el Sistema Único de Trámites (SUT), del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; Artículo Segundo.- Aprobar, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; el mismo que forma parte de la presente Resolución, estableciendo la obligación de su implementación y cumplimiento a todas las disposiciones de la institución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en la plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el portal web institucional, conforme al Art. 44º numeral 44.2 y 44.3 del TUO de la Ley Nº 27444, aprobado con D.S. Nº 004-2019-JUS. Artículo Cuarto.- Disponer, la vigencia del TUPA aprobado en el Artículo Segundo entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto toda disposición y/o Resolución que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y archívese.JAVIER LOZANO MARREROS Rector JORGE LUIS LOZANO CERVERA Secretario General * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2164959-1