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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2023 (03/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de mayo de 2023 El Peruano / SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. En la sesión extraordinaria de concejo, del 3 de marzo de 2023, el Concejo Provincial de Satipo declaró la vacancia de la señora regidora por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. Dicha decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Nº 052-2023-CM/MPS, de la misma fecha. 2.2. La noti fi cación a dicha sesión extraordinaria fue diligenciada a la señora regidora a través de la Carta Nº 023-2023-SG/MPS, del 23 de febrero de 2023, y por correo electrónico de la misma fecha. 2.3. De la revisión de dicha carta, se veri fi ca que esta fue recibida por su tío, don Julio Erquinio Tapia, identi fi cado con documento nacional de identidad (DNI) Nº 21010558; sin embargo, no se consigna el domicilio de la autoridad edil cuestionada en donde se llevó a cabo la diligencia ni la fecha y hora en que se llevó a cabo el acto de noti fi cación, tal como lo exigen los numerales 21.1, 21.2 y 21.3 del artículo 21 del TUO de la LPAG (ver SN 1.5.). 2.4. Ahora, es preciso mencionar que –como se indicó anteriormente– la convocatoria a dicha sesión extraordinaria también se realizó a través del correo electrónico autorizado expresamente por la señora regidora (mediante la carta presentada el 2 de enero de 2023, ante la Municipalidad Provincial de Satipo), respecto del cual respondió, el 24 de febrero del mismo año: “Buenas tardes [sic] secretaria general, [¿]es obligatoria mi asistencia?”, con lo cual se advierte que tomó conocimiento de la mencionada convocatoria. 2.5. Así, se aprecia que se cumplió con la formalidad prevista en el numeral 20.4 del artículo 20 del TUO de la LPAG (ver SN 1.4.); empero, la señora regidora no asistió a la sesión extraordinaria de concejo del 3 de marzo del año en curso. 2.6. La decisión de vacar a la mencionada autoridad edil fue formalizada a través del Acuerdo de Concejo Nº 052-2023-CM/MPS, del 3 de marzo de 2023, el cual fue notifi cado a la señora regidora, a través de la Carta Nº 030- 2023-SG/MPS, de la misma fecha, y de la Carta Múltiple Nº 005-2023-SG/MPS remitida a su correo electrónico en la misma fecha. 2.7. De igual modo, aun cuando en la primera carta obra que fue recibida por la progenitora de la señora regidora, no se consigna el domicilio en el que se efectuó dicha diligencia ni su fecha ni la hora; sin embargo, de la noti fi cación de la carta múltiple a su correo electrónico, se advierte que dio respuesta al mismo con el término “Recibido”. Así las cosas, se aprecia que la noti fi cación efectuada también cumple con la formalidad dispuesta en el numeral 20.4 del artículo 20 del TUO de la LPAG (ver SN 1.4.). 2.8. No obstante, transcurrido el plazo legal, la señora regidora no interpuso recurso de reconsideración o de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 052-2023-CM/MPS, tal como se indica en el Acuerdo de Concejo Nº 072-2023-CM/MPS, del 31 de marzo de 2023, que declaró consentido el precitado acuerdo. 2.9. En consecuencia, al veri fi carse que el procedimiento fue tramitado respetando el derecho de defensa de la señora regidora, corresponde a este Supremo Tribunal Electoral, según lo establecido en el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.3.), dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar a doña Vanessa Guadalupe Mendoza Vargas, identi fi cada con DNI Nº 72411954, candidata no proclamada de la organización política Caminemos Juntos por Junín, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Satipo, departamento de Junín, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.10. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Satipo, departamento de Junín, del 28 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.11. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.).Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia de la señora magistrada Delia Milagros Espinoza Valenzuela, por ausencia del presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Sthefanie Michelle Erquinio Valero en el cargo de regidora del Concejo Provincial de Satipo, departamento de Junín, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Vanessa Guadalupe Mendoza Vargas, identi fi cada con DNI Nº 72411954, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Satipo, departamento de Junín, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.ESPINOZA VALENZUELARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General (e) 1 Publicada el 25 de febrero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano . 2 Aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. del 25 de enero de 2019. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2174119-1 MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Lambayeque, del Distrito Fiscal de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS NO 032-2023-MP-FN-JFS Lima, 2 de mayo de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO: La carta del abogado Alejandro Marx Requejo Mocarro, presentada el día 11 de abril de 2023, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, elevada al Despacho de la Fiscalía de la Nación el día 12 de abril del presente año; mediante la cual renuncia al cargo de fi scal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (Corporativo) de Lambayeque, del Distrito Fiscal de Lambayeque, por asuntos estrictamente personales; solicitando que su renuncia se haga efectiva dentro del plazo de ley, no mayor a 30 días.