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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2023 (03/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de mayo de 2023 El Peruano / Mediante o fi cio Nº 000493-2023-MP-FN-SJFS de fecha 13 de abril de 2023, se solicitó a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque que por su intermedio se requiera al fi scal solicitante subsane su carta de renuncia debiendo preciar la fecha de efectividad de la misma. Ante ello el día 19 de abril del año en curso, presentó un escrito requiriendo que su renuncia se haga efectiva desde el día 12 de mayo de 2023. Por Resolución Nº 049-2015-CNM, de fecha 5 de febrero de 2015, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura, expidió el título de fi scal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Lambayeque, del Distrito Fiscal de Lambayeque, a favor del abogado Alejandro Marx Requejo Mocarro. Siendo la renuncia un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fi n de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y fi nal del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en la que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador, lo que se condice con lo señalado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 000624-2021-MP-FN- OGASEJ en el que se concluyó que la Junta de Fiscales Supremos conoce la renuncia de los señores fi scales titulares aceptándola desde su presentación formal o dentro del periodo de los treinta días posteriores al inicio del requerimiento. Estando a lo precisado, y atendiendo a que la carta de renuncia del abogado Alejandro Marx Requejo Mocarro ha sido presentada ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque con fecha 11 de abril de 2023, advirtiéndose además que el renunciante requirió que la misma se acepte al 12 de mayo de 2023, es decir, dentro del plazo establecido por ley, corresponde aceptar la renuncia. Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6328, adoptado en sesión ordinaria de fecha 2 de mayo de 2023, convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado Alejandro Marx Requejo Mocarro, al cargo de fi scal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Lambayeque, del Distrito Fiscal de Lambayeque, a partir del día 12 de mayo de 2023, dándole las gracias por los servicios prestados a la institución. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Alejandro Marx Requejo Mocarro, al cargo de fi scal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Lambayeque, del Distrito Fiscal de Lambayeque, a partir del día 12 de mayo de 2023, dándole las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Alejandro Marx Requejo Mocarro, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional; y en caso de incumplimiento, se remitirán los actuados a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, a la Gerencia General, a la O fi cina General de Potencial Humano, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, así como al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 2174006-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial penal (corporativo) de Pasco, Distrito Fiscal de Pasco RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS NO 033-2023-MP-FN-JFS Lima, 2 de mayo de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO: La carta del abogado Yury José Alvarado Romero, presentada el día 5 de abril de 2023, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco, elevada al Despacho de la Fiscalía de la Nación el día 11 de abril del presente año y remitida a través de la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el día 14 de abril de 2023; mediante la cual renuncia al cargo de fi scal adjunto provincial penal corporativo de Pasco, del Distrito Fiscal de Pasco, por motivos estrictamente personales; solicitando que su renuncia se haga efectiva desde el día 21 de abril de 2023. Mediante Resolución Nº 321-2014-CNM, de fecha 14 de noviembre de 2013, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura, expidió el título de fi scal adjunto provincial penal (corporativo) de Pasco, del Distrito Fiscal de Pasco, a favor del abogado Yury José Alvarado Romero. Siendo la renuncia un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fi n de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y fi nal del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en la que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador, lo que se condice con lo señalado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ en el que se concluyó que la Junta de Fiscales Supremos conoce la renuncia de los señores fi scales titulares aceptándola desde su presentación formal o dentro del periodo de los treinta días posteriores al inicio del requerimiento. Estando a lo precisado, y atendiendo a que la carta de renuncia del abogado Yury José Alvarado Romero ha sido presentada ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco con fecha 5 de abril de 2023, advirtiéndose además que el renunciante cumplió con hacer la entrega de cargo en fecha 25 de abril del presente año; correspondiendo aceptar la renuncia solicitada. Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6329, adoptado en sesión ordinaria de fecha 2 de mayo de 2023, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado Yury José Alvarado