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9 NORMAS LEGALES Viernes 5 de mayo de 2023 El Peruano / de la República, de acuerdo a su categoría o a los requerimientos de la política exterior del Estado; Que, mediante el Decreto Supremo N° 041-2023- PCM, se declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas a desarrollarse en el marco del proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE); y, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente con el objeto de realizar el seguimiento y supervisión del proceso de adhesión del Perú a la OCDE, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, conforme a lo establecido en el artículo 10 del citado Decreto Supremo, por Resolución Suprema y a propuesta de la citada Comisión Multisectorial, se designa al/ a la Alto/a Representante del Perú para el proceso de adhesión a la OCDE, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros; quien debe acreditar experiencia en cargos de alta dirección en la administración pública, conocimientos en relaciones internacionales; y, dominio del idioma inglés y/o francés en nivel avanzado; Que, mediante OF.RE (CMP) N° 1-0-B/70, la Secretaría Técnica de la referida Comisión Multisectorial remite el Acta de la Sesión de Instalación (Acta N° 01-2023), de fecha 5 de abril de 2023, a través del cual se acuerda proponer a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana Rosa María Valdivieso Santa María, como Alta Representante del Perú para el proceso de adhesión a la OCDE, al cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 10 del Decreto Supremo N° 041-2023-PCM; Que, en ese sentido, corresponde designar a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana Rosa María Valdivieso Santa María, Asesora Principal del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores, con retención de su cargo, como Alta Representante del Perú para el proceso de adhesión a la OCDE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y, el Decreto Supremo Nº 041-2023-PCM, Decreto Supremo que declara de interés nacional el proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del seguimiento de las acciones para la adhesión del Perú a la OCDE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República ANA ROSA MARIA VALDIVIESO SANTA MARIA, Asesora Principal del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores, con retención de su cargo, como Alta Representante del Perú para el proceso de adhesión a la OCDE, quien para los efectos del cumplimiento de las funciones previstas en el artículo 11 del Decreto Supremo N° 041-2023-PCM, mantendrá una dependencia funcional con la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el ejercicio de la designación prevista en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2174980-4Modifican la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE y la “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 0056-2023-ARCC/DE Lima, 4 de mayo de 2023VISTOS: El Informe N° 064-2023-ARCC/DE/OGP de la O fi cina de Gestión de Proyectos, el Memorando N° 2226-2023-ARCC/GG/OPP y el Informe N° 0101-2023-ARCC/GG/OPP-MPJA de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, y el Informe N° 00392-2023-ARCC/GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC), se establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (Plan) y, para el cumplimiento de sus funciones, emite directivas a efectos de garantizar el cumplimiento oportuno de los objetivos de la Ley; Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE, se aprueba la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE, “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”, cuyo objetivo es contar con un documento que permita que los colaboradores de la ARCC y de las Entidades Ejecutoras, participen en la implementación de la cartera de intervenciones comprendidas en el Plan, y tengan una visión clara sobre los procesos que involucra el monitoreo y seguimiento, así como sobre la importancia del cumplimiento de su rol en el marco de dichos procesos; Que, con el Informe N° 064-2023-ARCC/DE/OGP, la O fi cina de Gestión de Proyectos solicita a la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, modi fi car el artículo 3 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE y dejar sin efecto el numeral 6.3 de la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE, con la fi nalidad de mejorar la comprensión de la vigencia de la Directiva; Que, mediante el Memorando N° 2226-2023-ARCC/ GG/OPP, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, de acuerdo con sus competencias establecidas en el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, y su modi fi catoria, opina favorablemente respecto a la propuesta de las modi fi caciones de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE y de la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE; Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 00392- 2023-ARCC/GG/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre la aprobación de la modi fi cación del artículo 3 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE y dejar sin efecto el numeral 6.3 de la Directiva Nº 002-2023-ARCC/DE, “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”, al haberse formulado en cumplimiento de lo previsto en la Directiva N° 001-2020-ARCC/DE, “Elaboración, Aprobación y Difusión de Directivas en la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, y cuenta con los sustentos técnicos correspondientes; Que, los literales f) y q) del artículo 11 del Documento de Organización y Funciones de la ARCC establecen que,