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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2023 (05/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Viernes 5 de mayo de 2023 El Peruano / VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 001386-2023-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01042-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00638-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio # 0005/MAAG/AFSEC-ENT, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América (GRUCAM), cursa una invitación al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú para que un (1) O fi cial Femenino, del grado de Comandante (O-5) a Coronel (O-6), participe en el curso Escuela Superior de Guerra Aérea (AWC), a realizarse en la Base Aérea de Maxwell, ubicado en la ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 8 de mayo de 2023 al 23 de mayo de 2024, precisando que, por ser de larga duración el curso, permite a la candidata viajar acompaña de familiares directos; asimismo, señala que los gastos de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, costo del curso, alojamiento, alimentación, seguro médico y T.U.U.A serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, a excepción de transporte interno para la participante y los gastos de viaje y estadía de los familiares acompañantes; Que, a través del O fi cio Extra FAP Nº 00018-2023-EMGRA-EMAI/FAP, la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú hace de conocimiento, del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, que la Fuerza Aérea del Perú acepta la invitación y designa a la Comandante FAP Julissa Sofía LAGUNA ARANA para participar en el citado curso, a desarrollarse en la Base Aérea de Maxwell, Montgomery, Alabama, Estados Unidos de América, del 8 de mayo de 2023 al 23 de mayo de 2024; Que, mediante Mensaje Común Nº 001197-2023-EMGRA-EMAI/FAP, la Jefatura del Estado Mayor General de la FAP dispone a la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú inicie el trámite administrativo correspondiente para la participación de la citada Comandante FAP en el mencionado curso; Que, con Informe Técnico Legal Nº 024-DEAJ 2023, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable para el viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar FAP; Que, mediante O fi cio FAP Nº 000397-2023-DIGED/ FAP, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la autorización de viaje al exterior de la citada Comandante FAP, adjuntando la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe del Departamento de Especialización, Capacitación y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la FAP, la cual señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la misión de estudios de la citada Comandante, por cuanto, le permitirá estar preparada para liderar con éxito a nivel estratégico en un entorno conjunto y de coalición, exhibir los rasgos esenciales para la profesión de armas, promover el empleo estratégico de seguridad nacional, analizar de manera crítica situaciones político-militares complejas y articular claramente el pensamiento estratégico; así como, compartir experiencias con participantes de distintos países, incidiendo en la colaboración, negociación, comunicación, pensamiento crítico y liderazgo; Que, la Hoja de Gastos Nº 0032 DGVC-ME/SIAF- RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida (hijos), gastos de traslado de ida y el veinte por ciento (20%) de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el artículo 8 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; asimismo, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000001, N° 0000000003 y N° 00000000084, emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, garantiza el fi nanciamiento durante el Año Fiscal 2023, debiendo indicarse que los pagos correspondientes al año 2024 se efectuarán con cargo al Presupuesto del respectivo año fi scal; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial Superior nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, con O fi cio Extra FAP N° 001386-2023-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita aprobar la Resolución Ministerial que autoriza el viaje de la Comandante FAP Julissa Sofía LAGUNA ARANA, en misión de estudios, para participar en el curso Escuela Superior de Guerra Aérea (AWC), a realizarse en la Base Aérea de Maxwell, ubicada en la ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 8 de mayo de 2023 al 23 de mayo de 2024; así como, autorizar su salida del país el 7 de mayo de 2023 y su retorno el 24 de mayo de 2024; Que, con O fi cio N° 01042-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 224-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar FAP; Que, con Informe Legal N° 00638-2023-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, la misión de estudios de la Comandante FAP Julissa Sofía LAGUNA ARANA para participar en el curso Escuela Superior de Guerra Aérea (AWC), a realizarse en la Base Aérea de Maxwell, ubicada en la ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por