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25 NORMAS LEGALES Viernes 5 de mayo de 2023 El Peruano / análisis, difusión y actualización de la información estadística y cartográ fi ca del Sector Educación; Que, el numeral 6.1 de la citada Directiva señala al censo escolar como actividad estadística para la recopilación y producción de la información estadística educativa (denominado Censo Educativo a partir del año 2016); asimismo, el numeral 6.3.1, precisa que el Censo Educativo se aplicará al universo de instituciones y programas educativos, de gestión pública y privada, que brinden servicios de enseñanza en las modalidades de Educación Básica Regular, Básica Alternativa, Básica Especial, Técnico-Productiva, así como los Institutos y Escuelas de Educación Superior; Que, bajo el marco normativo expuesto, el Censo Educativo constituye un instrumento fundamental a través del cual el Ministerio de Educación puede acopiar evidencias a partir del procesamiento de datos que sustenten la veracidad de las principales variables educativas, tales como: matrícula, personal docente, personal administrativo, secciones, entre otras; así como de la disponibilidad o carencia de recursos para la enseñanza y el desarrollo de las actividades educativas como infraestructura, mobiliario, recursos tecnológicos, equipamiento, entre otros; Que, a través del Informe Nº 00087-2022-MINEDU/ SPE-OSEE-UE, complementado con el Informe N° 00027-2023-MINEDU/SPE-OSEE-UE, la Unidad de Estadística de la O fi cina de Seguimiento y Evaluación Estratégica sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la operatividad del Censo Educativo”, la cual tiene por objeto establecer las disposiciones que regulen el Censo Educativo como un operativo anual de carácter obligatorio en el Sector Educación, con el propósito de defi nir la ejecución, así como los roles, responsabilidades, atribuciones y acciones de los actores involucrados y otros aspectos asociados (en adelante, la Norma Técnica); Que, la Norma Técnica cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE), y de la Dirección de Educación Básica Especial (DEBE), dependiente de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE); Que, a través del Informe N° 00188-2022-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto emite opinión favorable a la Norma Técnica propuesta con el objeto de continuar con el trámite correspondiente; Que, mediante el Informe N° 01645-2022-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, rati fi cado con el Memorando N° 00148-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta, por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal, no genera gastos adicionales a los programados para tal fi n en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2022, ni en los siguientes años, ya que dependerá de la priorización en función de la Asignaciones Presupuestarias Multianuales que comunique el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, a través del Informe Nº 00389-2023-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la Norma Técnica, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la operatividad del Censo Educativo”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ Ministra de Educación 2174833-1 Designan Jefe de la Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 258-2023-MINEDU Lima, 4 de mayo de 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe(a) de la O fi cina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JOSE LUIS CANORA ESPINOSA en el cargo de Jefe de la O fi cina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ Ministra de Educación 2174973-1 ENERGÍA Y MINAS Designan Director General de la Dirección General de Hidrocarburos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2023-MINEM/DM Lima, 3 de mayo de 2023VISTOS: El Memorando N° 0481-2023/MINEM-SG de la Secretaría General; el Informe N° 057-2023/MINEM-SG-OII de la O fi cina de Integridad Institucional; el Informe N° 132-2023/MINEM-OGA-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 492-2023/MINEM-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,