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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2023 (23/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Martes 23 de mayo de 2023 El Peruano / no se encuentre expedita para sentenciar al 30 de junio de 2023, debiendo considerarse también la redistribución de toda la carga pendiente de expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. - Que el Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Llata, Provincia de Huamalíes, culmine con la carga pendiente de expedientes en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley N° 30364, provenientes del Distrito de Monzón, que tenga al 31 de mayo de 2023, o en su defecto, aquellos expedientes que tenga en las referidas etapas en la fecha previa a la implementación del Juzgado Civil Permanente del Distrito de Monzón. 5) Corte Superior de Justicia HuauraDistrito de Supe, Provincia de Barranca- Excluir al Distrito de Supe, Provincia de Barranca, de la competencia territorial del 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes y del Juzgado de Familia Permanente del Distrito y Provincia de Barranca, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado Civil Permanente del Distrito de Supe de la misma provincia. - Que el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes y el Juzgado de Familia Permanente del Distrito y Provincia de Barranca, redistribuyan al Juzgado Civil Permanente del Distrito de Supe, toda la carga pendiente de expedientes en etapa de trámite de sus respectivas especialidades, provenientes del Distrito de Supe que no se encuentre expedita para sentenciar al 30 de junio de 2023, debiendo considerarse también la redistribución de toda la carga pendiente de expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 6) Corte Superior de Justicia de JunínDistrito de El Tambo, Provincia de Huancayo- Cerrar turno al 1°, 2°, 3°, 4° y 5° Juzgados Civiles Permanentes del Distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo para el ingreso de expedientes de la subespecialidad civil-comercial, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado Comercial Permanente del mismo distrito y provincia. - Que el 1°, 2°, 3°, 4° y 5° Juzgados Civiles Permanentes del Distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo redistribuyan al Juzgado Comercial Permanente del mismo distrito y provincia toda la carga pendiente de procesos de la subespecialidad civil-comercial que no se encuentre expedita para sentenciar al 30 de junio de 2023, debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 7) Corte Superior de Justicia Lima EsteDistrito de Ate- Cerrar turno a la Sala Civil Transitoria del Distrito de Ate, para el ingreso de expedientes, a partir del día siguiente de implementada la Sala Civil Permanente del mismo distrito. - Que la Sala Civil Transitoria del Distrito de Ate redistribuya aleatoriamente a la Sala Civil Permanente del mismo distrito la cantidad de 1200 expedientes de la carga pendiente en etapa de trámite, considerando aquellos expedientes que no tengan vista de causa programada al 30 de junio de 2023; así como aquellos a los que se haya programado audiencias de vista de causa con posterioridad al mes de junio de 2023 y con fecha más lejana, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario.Distritos de Lurigancho y Chaclacayo - Cerrar turno al Juzgado Civil Transitorio de los Distritos de Lurigancho y Chaclacayo, para el ingreso de expedientes, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado Civil Permanente del mismo distrito. - Que el Juzgado Civil Transitorio de los Distritos de Lurigancho y Chaclacayo, redistribuya aleatoriamente al Juzgado Civil Permanente de los mismos distritos, como máximo 300 expedientes en etapa de trámite que no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de junio de 2023, considerándose también la redistribución de toda la carga pendiente de expedientes en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 8) Corte Superior de Justicia de Lima SurDistrito de Chorrillos- Cerrar turno al Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Chorrillos, para el ingreso de expedientes, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado Civil Permanente del mismo distrito. - Que el Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Chorrillos, redistribuya al Juzgado Civil Permanente del mismo distrito, toda la carga pendiente de expedientes en etapa de trámite que no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de junio de 2023, considerándose también la redistribución de aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. Distrito de Pachacamac- Cerrar turno al Juzgado Civil Transitorio del Centro Poblado Rural Huertos de Manchay, Distrito de Pachacamac, para el ingreso de expedientes, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado Civil Permanente del referido distrito. - Que el Juzgado Civil Transitorio del Centro Poblado Rural Huertos de Manchay, Distrito de Pachacamac, redistribuya al Juzgado Civil Permanente del Distrito de Pachacamac, 250 expedientes en etapa de trámite que no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de junio de 2023, considerándose también la redistribución de aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 9) Corte Superior de Justicia de Madre de DiosDistrito de Inambari, Provincia de Tambopata- Concluir la función adicional del Juzgado Penal Unipersonal del Distrito de Inambari como Juzgado Civil del mismo distrito, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado Civil Permanente del referido distrito. - Que el Juzgado Unipersonal del Distrito de Inambari redistribuya al Juzgado Civil Permanente del mismo distrito toda la carga pendiente de expedientes en etapa de trámite correspondientes a las especialidades civil, laboral y familia, que no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de junio de 2023, con excepción de los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, considerándose en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. - Que el Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito de Inambari, culmine con la carga pendiente de expedientes en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley N° 30364, que tenga al 31 de mayo de 2023, o en su defecto, aquellos expedientes que tenga en las referidas etapas en la fecha