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35 NORMAS LEGALES Jueves 25 de mayo de 2023 El Peruano / públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, mediante Ley N° 29074 se crea la Universidad Nacional de Juliaca (UNAJ), con personería jurídica de derecho público interno, con sede en el distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno; Que, con Resolución Viceministerial N° 054-2018-MINEDU se reconforma la Comisión Organizadora de la UNAJ, quedando integrada por el señor JOSE ALFREDO HERRERA FARFAN, como Presidente; el señor PERCY FRANCISCO GUTIERREZ SALAS, como Vicepresidente Académico; y, el señor DOMINGO JESUS CABEL MOSCOSO, como Vicepresidente de Investigación; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 061-2018-MINEDU, se acepta la renuncia del señor JOSE ALFREDO HERRERA FARFAN, al cargo de Presidente y se designa al señor FREDDY MARTIN MARRERO SAUCEDO, en el referido cargo; Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 092-2022-MINEDU, se otorga reconocimiento póstumo al señor PERCY FRANCISCO GUTIERREZ SALAS en mérito a los servicios prestados en el ejercicio de sus funciones como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAJ; y, se designa al señor ARRUFO ALCANTARA HERNANDEZ en el citado cargo; Que, mediante Cartas s/n de fechas 20 de marzo, 14 y 28 de abril de 2023, el señor DOMINGO JESUS CABEL MOSCOSO presenta su renuncia irrevocable al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAJ; Que, a través del O fi cio N° 00605-2023-MINEDU/ VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00055-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga: i) Aceptar la renuncia del señor DOMINGO JESUS CABEL MOSCOSO al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAJ; y, ii) Encargar al señor FREDDY MARTIN MARRERO SAUCEDO las funciones de Vicepresidente de Investigación, en adición a sus funciones como Presidente de la Comisión Organizadora, en tanto se designe al titular; Que, mediante Informe N° 00567-2023-MINEDU/SG- OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29074; Ley que crea la Universidad Nacional de Juliaca; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor DOMINGO JESUS CABEL MOSCOSO al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor FREDDY MARTIN MARRERO SAUCEDO, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca, las funciones de Vicepresidente de Investigación, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de entrega de cargo, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.9 de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRIAM JANETTE PONCE VERTÍZ Viceministra de Gestión Pedagógica 2180666-1 ENERGÍA Y MINAS Aprueban la Tercera Modificación del Contrato de Concesión N° 190-2001, presentada por la empresa Tarucani Generating Company S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2023-MINEM/DM Lima, 18 de mayo de 2023VISTOS: El Expediente N° 11083098 sobre la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica para la Central Hidroeléctrica Tarucani, cuyo titular es la empresa Tarucani Generating Company S.A. (en adelante, la Concesionaria); la solicitud de modi fi cación de la concesión formulada mediante el documento con registro N° 3206043; los Informes N° 054-2022-MINEM/DGE-DCE, N° 110-2022-MINEM/DGE-DCE, N° 200-2022-MINEM/DGE-DCE, N° 615-2022-MINEM/DGE-DCE, y N° 0308-2023/MINEM-DGE de la Dirección General de Electricidad (en adelante, DGE); el Informe N° 0514-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 125-2001- EM publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 21 de julio de 2001, se otorga a favor de la Concesionaria la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tarucani, con una potencia instalada de 100 MW, utilizando los recursos hídricos de la desembocadura del túnel terminal del Proyecto Majes-Quebrada Huasamayo, ubicada en la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, (en adelante, la CONCESIÓN), aprobándose el Contrato de Concesión N° 190-2001 (en adelante, el CONTRATO), en el cual se establece que la ejecución del proyecto se iniciaría en noviembre de 2002 y la Puesta en