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34 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / el cargo de Jefa de la Sub Unidad de Presupuesto de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al señor ROBERTO VALENTIN MEDINA CARDENAS en el cargo de Jefe de la Sub Unidad de Presupuesto de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN BEATRIZ RÍOS VÁSQUEZ Directora Ejecutiva (e) 2181411-1 Designan Jefe de la Unidad de Cadena de Valor Agroforestal, Forestal y Silvopastoril del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 185-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 25 de mayo de 2023VISTOS: El Memorando Nº 1393-2023-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE/UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 564-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE se dispuso designar a la señora SARA RUTH YALLE PAREDES, en el cargo de Jefa de la Unidad de Cadena de Valor Agroforestal, Forestal y Silvopastoril del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada a la señora SARA RUTH YALLE PAREDES en el cargo de Jefa de la Unidad de Cadena de Valor Agroforestal, Forestal y Silvopastoril del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, y designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Que, mediante documento de visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos informa que de la revisión y evaluación del currículum vitae descriptivo y documentos sustentatorios, se concluye que el señor RAFAEL RENGIFO DEL CASTILLO cumple con los requisitos para ser designado en el cargo Jefe de la Unidad de Cadena de Valor Agroforestal, Forestal y Silvopastoril, conforme a la normativa vigente; Que, con el objeto de garantizar las actividades del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, resulta necesaria efectuar la designación del señor RAFAEL RENGIFO DEL CASTILLO en el cargo de Jefe de la Unidad de Cadena de Valor Agroforestal, Forestal y Silvopastoril; Que, de conformidad con las facultades otorgadas a esta Dirección Ejecutiva en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI y modi fi catorias; Contando con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la señora SARA RUTH YALLE PAREDES, en el cargo de Jefa de la Unidad de Cadena de Valor Agroforestal, Forestal y Silvopastoril del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al señor RAFAEL RENGIFO DEL CASTILLO en el cargo de Jefe de la Unidad de Cadena de Valor Agroforestal, Forestal y Silvopastoril del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN BEATRIZ RÍOS VÁSQUEZ Directora Ejecutiva (e) 2181413-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Aprueban el índice de distribución aplicable para el año 2024 de los recursos que se destinan para financiar el Programa del Vaso de Leche de las municipalidades distritales a nivel nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 105-2023-MIDIS Lima, 24 de mayo de 2023 VISTOS: Los O fi cios Nros. 0218 y 0164-2023-EF/50.07 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; el Memorando N° D000251-2023-MIDIS-VMPES del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° D000058-2023-MIDIS-DGFIS de la Dirección General de Focalización e Información Social, el Informe N° D000108-2023-MIDIS-DDM de la Dirección de Diseño y Metodología; el Informe N° D000147-2023-MIDIS-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000049-2023-MIDIS-OP de la O fi cina de Presupuesto; y, el Informe N° D000291-2023-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, la Ley N° 27470, Ley que establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche, regula sobre la organización, administración de recursos y ejecución del Programa del Vaso de Leche que tienen a su cargo los gobiernos locales, estableciéndose como usuarios del programa a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en período de lactancia, priorizando entre ellos la atención a quienes presenten un estado de desnutrición o se encuentren afectados por tuberculosis; asimismo, en la medida en que se cumpla con la atención a la población antes mencionada, se mantendrá la