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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2023 (26/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / DEBE DECIR: “(…) “Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura”, advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS”. (…)” 2181494-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000200-2023-MC Mediante O ficio N° 000438-2023-SG/MC el Ministerio de Cultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 000200-2023-MC, publicada en la edición del día 25 de mayo del 2023. - En los considerandos: DICE:“(…) “Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento póstumo como “Personalidad Meritoria de la Cultura”, advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS”. (…)” DEBE DECIR:“(…) “Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura”, advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS”. (…)” 2181494-2 DEFENSA Varían fecha de inicio y término de designación autorizada en la R.S. N° 025-2023-DE, que designó a oficial FAP para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), en EE.UU.; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00452-2023-DE Lima, 23 de mayo del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 2277 CCFFAA/OGA/OAI/UOP/PER de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el O fi cio N° 01303-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00763-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 025-2023- DE del 28 de abril de 2023, se designó al Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el periodo de dos (2) años, del 30 de abril de 2023 al 29 de abril de 2025; Que, el artículo 2 de la citada Resolución Suprema faculta al Ministerio de Defensa a variar la fecha de inicio y término de la designación, sin incrementar el número de días establecido ni variar el objeto de la designación; Que, con Informe Técnico Nº 006 CCFFAA/OAI/UOP/ PER, la Jefatura de la O fi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas señala que el Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes, debido a inconvenientes de índole administrativo, asumirá el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), a partir del 27 de mayo de 2023 al 26 de mayo de 2025, siendo necesario autorizar su salida del país el 26 de mayo de 2023; asimismo, opina favorablemente a la expedición del dispositivo legal que autorice el viaje en comisión especial en el exterior en las fechas señaladas, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el periodo de DOS (2) años; Que, por medio del Dictamen Nº 268 -2023/CCFFAA/ OAJ, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas opina que es legalmente viable expedir la resolución ministerial que varía la fecha de inicio y término de la designación autorizada en el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 025-2023-DE, que designó al Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), y autoriza el viaje al exterior del citado personal, en comisión especial, del 27 de mayo de 2023 al 26 de mayo de 2025; por cuanto, se encuentra acorde a la normatividad vigente que regula los viajes en Comisión Especial al Exterior; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por la Jefatura de la O fi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje, en comisión especial en el exterior, del Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), por cuanto, los conocimientos y experiencias en el referido cargo, redundarán en bene fi cio de los acuerdos y compromisos asumidos por el Estado peruano para la participación de las Fuerzas Armadas en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz a cargo de las Naciones Unidas. Asimismo, se señala que el referido personal militar ha sido designado considerando que ocupó el primer puesto entre los candidatos propuestos por las Instituciones Armadas para el proceso de selección; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la citada comisión especial en el exterior, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público; Que, de acuerdo con la Declaración de Gastos y la Hoja de Disponibilidad Presupuestal, suscritas por el Jefe