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28 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / de la O fi cina de Administración, y el Jefe de la O fi cina de Planes, Presupuesto y Racionalización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, respectivamente, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y tarifa única por uso de aeropuertos (titular, cónyuge e hijos); así como, los gastos por traslado de ida y Compensación Extraordinaria mensual por Servicio en el Extranjero en Comisión Especial en el Exterior correspondiente al Año Fiscal 2023, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 18 del Reglamento de Viajes al Exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, y en concordancia con el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; Que, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000007, N° 0000000010, N° 0000000103, emitidas por el Jefe de la O fi cina de Planes, Presupuesto y Racionalización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2023; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la comisión especial en el exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes a los años posteriores se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el año fi scal respectivo; Que, considerando la duración de la comisión especial en el exterior, el Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes realizará el viaje al exterior en compañía de su esposa e hijos; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, con O fi cio Nº 2277 CCFFAA/OGA/OAI/UOP/ PER, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas remite el proyecto de resolución ministerial que varía la fecha de inicio y término de la designación autorizada en el artículo 1 de la citada Resolución Suprema N° 025-2023-DE, a partir del 27 de mayo de 2023 al 26 de mayo de 2025; y, autoriza el viaje en comisión especial en el exterior, del O fi cial Subalterno a partir del 27 de mayo de 2023 al 26 de mayo de 2025; autorizando su salida del país el 26 de mayo de 2023 y su retorno el 27 de mayo de 2025; Que, el numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión Diplomática y Comisión Especial en el Exterior; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, el pago de los conceptos que corresponde al personal designado bajo dicha modalidad, se sujeta a lo dispuesto en el artículo 18 del citado Reglamento y a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, con O fi cio N° 01303-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico N° 284-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la variación de la fecha de inicio y término de la designación autorizada en el artículo 1 de la citada Resolución Suprema N° 025-2023-DE; y, sobre la autorización del viaje en el exterior del personal militar designado; Que, mediante el Informe Legal Nº 00763-2023-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable, por medio de resolución ministerial, variar la fecha de inicio y término de la designación del Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, dispuesta mediante la Resolución Suprema Nº 025-2023-DE, en tanto se cumplen las condiciones expuestas en el artículo 2 de la misma, estableciendo como nuevo período de designación a partir del 27 de mayo de 2023 al 26 de mayo de 2025; así como, autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior al citado O fi cial Subalterno para ocupar dicho cargo, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Variar la fecha de inicio y término de la designación autorizada en el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 025-2023-DE del 28 de abril de 2023, mediante la cual se designó al Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 30 de abril de 2023 al 29 de abril de 2025, fi jándose como nueva fecha, a partir del 27 de mayo de 2023 al 26 de mayo de 2025. Artículo 2.- Autorizar el viaje, en Comisión Especial en el Exterior, al Técnico de Primera FAP Carlos Eduardo ALVARADO Barrantes, identi fi cado con CIP N° 139390 y DNI N° 18861708, para ocupar el cargo de Especialista Adjunto a la Consejería Militar para Asuntos de Mantenimiento de Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, por el periodo de DOS (2) años, a partir del 27 de mayo de 2023 al 26 de mayo de 2025; así como, autorizar su salida del país del 26 de mayo de 2023 y su retorno el 27 de mayo de 2025. Artículo 3.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo con los siguientes conceptos: