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73 NORMAS LEGALES Sábado 27 de mayo de 2023 El Peruano / sustento técnico para aprobar y reconocer el Acuerdo de Gobernabilidad – AG 2023-2026 de la región San Martín. Informe Técnico N° 015-2023-GRSM/GRPyP/SGPEyER de fecha 30 de marzo de 2023, mediante el cual concluye que la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza San Martín, en aras de fortalecer la institucionalidad del diálogo y la relación concertada entre estado y sociedad civil para trabajar la lucha contra la pobreza con una mirada a las personas más vulnerables, reafi rma los compromisos asumidos en el Acuerdo de Gobernabilidad AG 2023 – 2026 de la región San Martín, la cual fue elaborada bajo el enfoque de desarrollo Humano, relacionado con la inclusión y protección de los grupos vulnerables; en este sentido la importancia de la implementación para formalizar y llevar a la práctica los compromisos asumidos. Asimismo, recomienda aprobar y reconocer el Acuerdo de Gobernabilidad AG 2023-2026 de la región San Martín, como lineamientos de políticas públicas prioritarias para el desarrollo Integral de la región; mediante Ordenanza Regional; previa opinión de la O fi cina Regional de Asesoría Legal y posteriormente ser remitido al Consejo Regional; con el objeto de contar con su aprobación para su debida promulgación. Que, igualmente, mediante Informe Legal N° 131- 2023–GRSM/ORAL, de fecha 05 de abril del 2023, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal, opina que resulta favorable la aprobación del “Acuerdo de Gobernabilidad – AG 2023 - 2026 de la Región San Martín”, con la fi nalidad de Contribuir al bienestar de la población y a la gobernabilidad de la jurisdicción política, más allá del momento electoral, trabajando coordinadamente para lograr el bienestar común y el desarrollo humano integral; y a su vez, recomienda elevar el presente expediente al Consejo Regional, para su aprobación mediante Ordenanza Regional y fi nes pertinentes. Que, fi nalmente, mediante Memorando N° 396-2023- GRSM/GGR de fecha 11 de abril de 2023, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martín, remite al Consejo Regional San Martín el expediente sobre la aprobación del Acuerdo de Gobernabilidad – AG 2023 - 2026 de la Región San Martín. A fi n de que realice la respectiva evaluación y prosiga con el trámite correspondiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 15°, 18° y 38° de la Ley N° 27867. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo 13 de la Ordenanza Regional N° 019-2022-GRSM/GR. Que, por otra parte, a través del Acuerdo Nacional se aprobaron políticas de Estado, agrupados en cuatro grandes objetivos, entre ellas encontramos: 1. Fortalecimiento de la Democracia y Estado de Derecho, 2. Desarrollo con Equidad y Justicia Social, 3. Promoción de la Competitividad del País, 4. A fi rmación de un Estado Efi ciente, Transparente y Descentralizado, Encontrándose dentro de cada una ellas, obligaciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos constitucionales, así como el fomento de la actividad empresarial a través de un Estado e fi caz y con capacidad de gestión. Entonces, al ser políticas consensuadas deben de armonizarse en forma conjunta, de modo que, los compromisos suscritos deben de materializarse a través de su aprobación para contribuir con el bienestar de la población y el fortalecimiento de la institucionalidad. Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el literal o) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, en ese marco resulta necesario que el Consejo Regional de acuerdo a sus atribuciones apruebe la Ordenanza Regional sobre el Acuerdo de Gobernabilidad AG 2023 – 2026 de la región San Martín. Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24° del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional de San Martín, en sesión ordinaria, llevada a cabo el día 05 de mayo de 2023, desarrollada en las instalaciones del Auditorio del Consejo Regional San Martín y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política de Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el “Acuerdo de Gobernabilidad AG 2023 – 2026 de la región San Martín” como lineamientos de Políticas Públicas Prioritarias para el Desarrollo Integral de la Región, en mérito a los considerados expuestos. según anexo que forma parte de la presente Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional N°024-2019-GRSM/CR, que aprueba y reconoce al Acuerdo de Gobernabilidad por el Desarrollo Integral y Sostenible de la Región San Martín 2019- 2022. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza al Gobernador Regional de San Martín y a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto (secretaria Técnica) quienes deberán informar en los espacios de toma de decisiones sobre los avances de implementación de las políticas, resultados concertados, intervenciones prioritarios e indicadores del Acuerdo de Gobernabilidad AG 2023 - 2026 de la región San Martín. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martín realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario O fi cial “El Peruano”, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto.- INDICAR la presente Ordenanza Regional y anexos serán publicados en el portal institucional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al Señor Gobernador Regional de San Martín para su Promulgación. Moyobamba, a los 5 días del mes de mayo del año 2023. JORGE ALFREDO CORSO REÁTEGUI Consejero DelegadoConsejo Regional Dado en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín a los cinco días de mayo del dos mil veintitrés. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.WALTER GRUNDEL JIMÉNEZ Gobernador Regional 2181468-1