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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2023 (27/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Sábado 27 de mayo de 2023 El Peruano / sancionadora de los gobiernos locales, señalando que “Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar”; añadiendo la acotada norma que “Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, publicada con fecha 25 de enero del 2019, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se emite el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual establece las normas comunes para las actuaciones de la función administrativa del Estado y, regula todos los procedimientos administrativos desarrollados en las entidades, incluyendo los procedimientos especiales; Que, mediante Ordenanza N° 432-MDR, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, con fecha 14 de mayo del 2016, se prueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones, Sanciones y Medidas Correctivas de la Municipalidad de Rímac; Que, mediante Ordenanza N° 472-MDR publicada el 14 mayo 2016, se aprueba la sustitución del Anexo I del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad del Rímac y que forma parte integrante de la Ordenanza N° 432-MR, la misma que ha sido modi fi cado por diversas ordenanzas aprobando e incorporando códigos de infracción; Que, mediante Informe N°008-2023-GFA-MDR, emitida por la Gerencia de Fiscalización Administrativa, propone la emisión de una ordenanza que derogue la Ordenanza N° 432-MR y la Ordenanza N° 472-MDR, así como demás normas modi fi catorias, a fi n de actualizar y adecuar la Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Rímac, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimientos Administrativos General, Ley N° 27444, con la fi nalidad de no vulnerar el principio de legalidad y del debido procedimiento, se debe establecer una ordenanza municipal que regula el procedimiento sancionador de multas administrativas no tributarias, la priorización de la motivación del acto administrativo dentro del procedimiento sancionador, por lo que, se tiene que actualizar el Cuadro Único de Sanciones Administrativas (CUIS), toda vez que, al existir infracciones cometidas por los administrados y no estar regulados, genera impunidad de dichos actos; Que, con Memorándum Nº329-2023-GPP-MDR, de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, es de opinión favorable, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Rímac; acorde al TUO de la ley N°27444 modi fi cado por el decreto legislativo N°1272; y decreto supremo N°004-2020-MTC; Que, mediante Informe N°089-2023-GAJ/MDR, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Rímac, teniendo en cuenta los informes técnicos de aprobación de las diversas gerencias y subgerencias de la entidad; Que, con Dictamen en Conjunto N°01-2023-CAL/ CPPyCT-MDR, emite dictamen favorable con relación al proyecto de ordenanza que aprueba el régimen de aplicación de sanciones administrativas (RAS) y el cuadro de infracciones y sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital del Rímac, así mismo elevar el presente dictamen al Honorable Concejo Municipal del Distrito del Rímac, para su aprobación correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9° Inciso 8) y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RÍMAC Artículo Primero.- APROBAR El Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Rímac, el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza N° 432- MDR, Ordenanza N° 472-MDR y disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del texto aprobatorio de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Informática la publicación de la presente ordenanza y sus anexos en Portal Institucional (www.munirimac.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. NÉSTOR E. DE LA ROSA VILLEGAS Alcalde 2181837-1 Conforman la Unidad Funcional de Integridad Institucional, como unidad dependiente de la Alcaldía Distrital del Rímac RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 127-2023-MDR-AL Rímac, 23 de mayo de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC VISTOS:El Memorándum N° 747-2023-FGM-MDR, de la Gerencia Municipal, sobre la implementación de la función de integridad que recae en la máxima autoridad administrativa; Memorándum N°0721-2023-GPP/MDR, de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; Informe Legal N° 143-2023-GAJ-MDR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum 801-2023-GM/MDR, de la Gerencia Municipal. y; CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante el Decreto Legislativo N°1327 se establecen medidas de protección para los ciudadanos que denuncien actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, estableciéndose a su vez procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe de actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe. En ese contexto, con este dispositivo se fomenta que toda persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública puede denunciarlo, siendo el ámbito de aplicación de dicho dispositivo para todas las entidades descritas en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, estableciendo algunas excepciones; Que, conforme a Io dispuesto en el numeral 2.1 del Reglamento del Decreto Legislativo N°1327, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2017-JUS, la O fi cina de Integridad Institucional es la unidad orgánica que asume las