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83 NORMAS LEGALES Sábado 27 de mayo de 2023 El Peruano / a su favor, la Administración al compensar, imputar o transferir el mismo a la sanción impuesta pendiente de pago considerará el porcentaje de descuento que corresponda. Artículo 8.- Ejercicio de la facultad discrecional de la Administración Respecto de la infracción establecida en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario, no será sancionada la presentación extemporánea que efectúen los herederos o sucesores, a nombre propio o como parte de una Sucesión Indivisa, respecto de los bienes que hayan adquirido por la Sucesión. Asimismo, de veri fi carse que las infracciones contempladas en el numeral 1 del artículo 176 y numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario importen la acotación de sanciones por más de un periodo, la Administración Tributaria solo sancionará la infracción correspondiente al último ejercicio que generó el incumplimiento. DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Primera.- Multas canceladas Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no constituyen pagos indebidos y, por tanto, no son materia de compensación y/o devolución. Segunda.- Vigencia La presente ordenanza entrará en vigencia luego de los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Tercera.- Cumplimiento de la ordenanza Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, a la O fi cina General de Gobierno Electrónico y Digital y demás áreas competentes, el cumplimiento de la presente ordenanza. Cuarta.- Facultad para reglamentar y prorrogar la presente ordenanza Facultar a la señora alcaldesa para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente ordenanza, así como la prórroga de la misma. Quinta.- Encargar a la O fi cina General de Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la O fi cina General de Gobierno Electrónico y Digital su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisurquillo.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.CINTIA MERCEDES LOAYZA ALVAREZ Alcaldesa 2181480-1 Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Surquillo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 168-2023-MDS Lima, 8 de mayo de 2023LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SURQUILLO VISTO: El Memorando N° 348-2023-MDS-GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 386-2023-SGRH-GAF-MDS de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Informe N° 41-2023-MDS-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 43-2023-MDS-GPPCI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, el Informe N°180-2023-MDS-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Surquillo; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que establece y precisa normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describe de manera ordenada todos los cargos de la entidad estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH señala que: La O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad. Asimismo, el numeral 6.1.9 prescribe que: La entidad pública, en su portal de transparencia publica el Manual de Clasi fi cador de Cargos, aprobado y el dispositivo legal mediante el que se formaliza la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la citada norma en el Diario O fi cial El Peruano, o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la competencia o del territorio, de corresponder; Que, mediante el Informe Nº 386-2023-SGRH-GAF/ MDS de fecha 8 de mayo de 2023 de la Subgerencia de Recursos Humanos; señala entre otros puntos; que la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos, se ha desarrollado en base a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, y que la propuesta del referido manual incluye solo al personal del DL N° 276, así como aquellos cargos clasi fi cados como Funcionario Público, Empleado de Con fi anza y Servidor Público (Directivo Superior, Ejecutivo, Especialista y Apoyo), no incluyéndose al personal del DL N° 728, en atención a los numerales 1.3 y 1.4 del citado informe; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas hace suyo el contenido del informe precitado, según Informe N° 41-2023-MDS-GAF de fecha 8 de mayo de 2023; Que, con Informe N° 43-2023-MDS-GPPCI de fecha 8 de mayo de 2023, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, concluye opinando favorablemente por la aprobación de la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Surquillo; Que, a través del Informe N°180-2023-MDS-GAJ de fecha 8 de mayo de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que la propuesta del Manual de Clasi fi cador de