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63 NORMAS LEGALES Martes 7 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, el numeral 7.2) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público establece que el Titular puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el presente Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. Que, el numeral 8.2) del artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, predispone que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 106-2023- SG/MDP de fecha 23 de agosto de 2023, la Secretaria General propone la resolución de alcaldía de delegación de facultades administrativas. Que, mediante Memorándum Nº 1530-2023-GPP- MDP de fecha 23 de agosto de 2023, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica declarando favorable aprobar la resolución de alcaldía de delegación de facultades administrativas. Que, mediante Informe Legal Nº 258-2023-GAJ/ MDP de fecha 23 de agosto de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que legalmente es procedente aprobar la resolución de alcaldía de delegación de facultades administrativas al Gerente Municipal, ya que se enmarca en lo previsto por la normatividad de la materia. Que, mediante Memorándum Nº 467-2023-GM/ MDP de fecha 23 de agosto de 2023, la Gerencia Municipal solicita la emisión de Resolución de Alcaldía en base a los actuados administrativos que obran en el expediente. En este contexto, estando a los considerandos precedentes y en uso de la facultad conferida por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR LA DELEGACIÓN DE FACULTADES ADMINISTRATIVAS AL GERENTE MUNICIPAL, de acuerdo a lo siguiente: FACULTADES ADMINISTRATIVAS DEL GERENTE MUNICIPAL: a) Designar a los representantes de la Municipalidad Distrital de Pucusana ante Comités, Comisiones, Mesas de Trabajo y a fi nes para formular y recomendar las acciones más apropiadas para el desarrollo de la Gestión Municipal. b) Representar a la Municipalidad Distrital de Pucusana ante cualquier tipo de autoridad y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores entre otras pretensiones administrativas, con excepción de aquellas que por Ley le corresponde al Procurador Público Municipal. c) Las atribuciones y facultades en materia presupuestaria que corresponde al Alcalde, en su calidad de Titular del Pliego, y las acciones administrativas de gestión y de resolución en materia presupuestaria que no sean privativas a la función del Alcalde. d) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático. e) Aprobar la conformación de los Comités de Gestión para la ejecución de Obras o Servicios Comunales. f) Aprobar la reconstrucción de documentos o expedientes administrativos en caso de extravío, siniestro, deterioro, robo o hurto y en caso resultara imposible la reconstrucción, declarar el archivamiento. g) Expedir las Resoluciones Administrativas en última instancia administrativa respecto a los asuntos de competencias del Despacho de Alcaldía, en concordancia con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. h) Aprobar y modi fi car el Plan Anual de Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Pucusana. i) Aprobar la resolución de los contratos por caso fortuito o fuerza mayor, y en los casos previstos en el contrato y en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, normas reglamentarias, complementarias y modi fi catorias, así como las directivas que resulten aplicables. j) Declarar la cancelación de los procedimientos de selección y contratación, conforme a su competencia, derivados de los procedimientos de selección de la Entidad, contrataciones complementarias y de la contratación de servicios, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, normas reglamentarias complementarias y modi fi catorias, así como, las directivas que resulten aplicables. k) Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales. l) Aprobar la elaboración de los expedientes técnicos de obras m) Aprobar la ejecución de obrasn) Aprobar la liquidación de los contratos de obras. o) Aprobar las ejecuciones de las prestaciones adicionales de obras. p) Aprobar las ampliaciones de plazo de ejecución de obra y consultoría de obra. Artículo Segundo.- DE LOS RECURSOS IMPUGNATORIOS: Los recursos impugnatorios presentados contra las resoluciones expedidas en mérito a la delegación de facultades conferidas en la respectiva Resolución de Alcaldía, serán conocidas por el Alcalde, el Gerente Municipal o demás Gerentes, según corresponda, en concordancia con el numeral 1.2) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Artículo Tercero.- DE LA OBLIGACIÓN DE DAR CUENTA: Los funcionarios delegados deberán dar cuenta al Alcalde y al Gerente Municipal respecto a las resoluciones y actos administrativos emitidos como producto de la presente delegación, según corresponda, en concordancia con el Principio del Debido Procedimiento, previsto en el numeral 1.2) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Artículo Cuarto.- DE LA RESPONSABILIDAD: Las acciones que realicen y los actos que se expidan en base a la delegación de funciones conferidas en la respectiva Resolución de Alcaldía, deben ser efectuadas con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que las rigen, bajo responsabilidad del personal administrativo que interviene en su procesamiento y del funcionario competente que autoriza el acto administrativo pertinente. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO LEGAL toda disposición normativa que se oponga y/o contradiga a la presente Resolución. Artículo Sexto.- ENCOMENDAR a la Secretaria General, la publicación de la presente en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CUYA ESPINOZA Alcalde 2231983-1