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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (07/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Martes 7 de noviembre de 2023 El Peruano / panel monumental unipolar y tótem. En bienes de dominio privado. j. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso o iluminado - tipo: panel monumental, panel monumental unipolar y tótem. En bienes de dominio privado. k. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior especial - tipo: panel monumental, panel monumental unipolar y tótem. En bienes de dominio privado. l. Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: a fi che, banderolas, infl ables publicitarios de campañas o eventos temporales (tiempo máximo de 06 meses para banderolas e in fl ables). En bienes de dominio privado. m. Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso o iluminado - tipo: a fi che (aplica solo para iluminado), banderolas (aplica solo para iluminado), in fl ables publicitarios de campañas o eventos temporales (tiempo máximo de 06 meses para banderolas e infl ables). En bienes de dominio privado. n. Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior especial - tipo: in fl ables publicitarios de campañas o eventos temporales (tiempo máximo de 06 meses). En bienes de dominio privado. o. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: a fi che (aplica solo para casetas telefónicas y mobiliario urbano instalados en áreas y/o infraestructura concesionada) y elemento ecológico. En bienes de dominio público. p. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso o iluminado - tipo: a fi che (aplica solo para casetas telefónicas y mobiliario urbano instalados en áreas y/o infraestructura concesionada) y elemento ecológico. En bienes de dominio público. q. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: panel simple, paleta y volumétrico. En bienes de dominio público. r. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso o iluminado - tipo: panel simple, paleta y volumétrico. En bienes de dominio público. s. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior especial - tipo: panel simple y volumétrico. En bienes de dominio público. t. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: panel monumental, panel monumental unipolar y tótem. En bienes de dominio público. u. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso o iluminado - tipo: panel monumental, panel monumental unipolar y tótem. En bienes de dominio público. v. Autorización para la ubicación de elemento de publicidad exterior especial - tipo: panel monumental, panel monumental unipolar y tótem. En bienes de dominio público. w. Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior sencillos - tipo: banderolas o infl ables publicitarios de campañas o eventos temporales (tiempo máximo de 06 meses). En bienes de dominio público. x. Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior luminoso o iluminado tipo: banderolas (aplica solo para iluminado) o in fl ables publicitarios de campañas o eventos temporales (tiempo máximo de 06 meses). En bienes de dominio público. y. Autorización temporal para la ubicación de elemento de publicidad exterior especial tipo: in fl ables publicitarios de campañas o eventos temporales (tiempo máximo de 06 meses). En bienes de dominio público. Artículo 6°.- REQUISITOS PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR Para solicitar la Autorización para ubicación de elementos de publicidad exterior, el administrado deberá presentar, en recepción documentaria, los siguientes documentos: 1. Solicitud con carácter de declaración jurada, conteniendo la identi fi cación del solicitante (DNI o RUC) y el número de recibo de pago, por derecho de trámite.2. La carta de responsabilidad de instalación suscrita por el responsable competente (arquitecto o ingeniero civil), excepto para los procedimientos previstos en la Ordenanza Nº 2186-MML (letreros, letras recortadas, placas y toldos), o la que sustituya. 3. Presentar los siguientes documentos: a. Dimensiones del elemento de publicidad exterior, indicando el área o espacio destinado para el número de la autorización. b. Fotografía actual donde se pretende ubicar el elemento de publicidad exterior donde se aprecie su entorno urbano. c. El fotomontaje (por cada cara) o posicionamiento virtual de la ubicación del elemento de publicidad exterior, donde se aprecie su entorno urbano. 4. La carta poder simple fi rmado por el propietario y/o representante legal de una persona jurídica; siempre y cuando, el trámite a gestionarse sea realizado por un tercero. 5. La declaración jurada de conservación y mantenimiento de los elementos de publicidad exterior, en caso sea autorizado. De igual manera, el compromiso de retirar de manera voluntaria, todos los componentes que se deriven del elemento de publicidad exterior, ante el pedido de la autoridad municipal; salvo excepción para los procedimientos previstos en la Ordenanza N° 2186- MML (letreros, letras recortadas, placas y toldos) o la que sustituya. 6. La memoria descriptiva del elemento de publicidad exterior, donde se señale el procedimiento de su instalación y mantenimiento. 7. Para elementos de publicidad exterior ubicados en bienes de dominio privado; se requiere presentar adicionalmente lo siguiente: a. Documento de aprobación expedida por el Ministerio de Cultura, cuando se trate para la ubicación de elementos de publicidad exterior en predios declarados como monumento, de valor monumental o integrante del ambiente urbano monumental y de zona monumental. 8. Para elementos de publicidad exterior ubicados en bienes de dominio público; se requiere presentar adicionalmente lo siguiente: a. La declaración jurada de no afectación de áreas verdes y arbolado, respecto a la ubicación de los elementos de publicidad exterior en bienes de dominio público. b. Plano de ubicación con la trama de coordenadas UTM WGS84, a escala de 1/500 o 1/250, y el esquema de localización, a escala de 1/5000. c. Asimismo, las distancias de la arista más saliente del elemento de publicidad exterior y el eje de la base al borde exterior de la pista, coordenada UTM WGS84 de la ubicación exacta, norte magnético, secciones viales, veredas, bermas, separadores, altura y zoni fi cación de las edi fi caciones cercanas, árboles, postes y demás componentes existentes de la vía pública. Siendo elaborado y suscrito por un arquitecto colegiado. d. Plano de ubicación en archivo digital del formato: *.dwg y *.PDF. e. Documento de autorización emitida por la empresa concesionaria de electricidad, respecto a las distancias de seguridad, establecidas en el Código Nacional de Electricidad (CNE); siempre y cuando, se encuentre dentro de la faja de servidumbre de redes aéreas eléctricas y estructuras de soporte de alta o media tensión. f. Declaración jurada del profesional encargado quien suscribe los planos. g. Seguro de responsabilidad civil vigente. 9. Para elementos de publicidad exterior de tipo: panel simple, valla, paleta, monumental, tótem y volumétrico; se requiere presentar adicionalmente lo siguiente: a. Plano de ubicación con trama de coordenadas UTM WGS84, a escala 1/500 o 1/250, y esquema de localización, a escala 1/5000. Se debe indicar las distancias de la arista