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53 NORMAS LEGALES Martes 7 de noviembre de 2023 El Peruano / ETAPAS FECHAS Publicación de listas hábiles27 de noviembre del 2023 Campaña Electoral27 de noviembre al 04 de diciembre del 2023 Publicación fi nal de listas de candidatos/ as05 de diciembre del 2023 Designación de miembros de mesa 06 de diciembre del 2023 Acreditación de personeros ante el Comité Electoral07 de diciembre del 2023 Capacitación a postulantes y miembros de mesa 11 y 13 de diciembre del 2023 Jornada Electoral 17 de diciembre del 2023 Proclamación y publicación de resulta- dos fi nales19 de diciembre del 2023 Juramentación y reconocimiento de los Concejos Directivos 23 de diciembre del 2023 Artículo Cuarto.- INCORPORAR la Única Disposición Complementaria al Reglamento de Organización, Funciones y el Proceso de Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Barranco, aprobado mediante Ordenanza Nº 609-2023-MDB de fecha 29 de setiembre de 2023, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Única.- Incorporar al presente Reglamento, la siguiente de fi nición: “Proceso Electoral.- Se entiende por proceso electoral al conjunto de acciones ordenadas por etapas, previstas en la Constitución, leyes y normas electoral, iniciado con la convocatoria a elecciones y culminando con la proclamación de los resultados. Para ejercer el derecho a sufragio, el elector deberá estar inscrito en el Padrón Electoral vigente.” Artículo Quinto.- CONVOCAR a los representantes de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE para que brinden el apoyo y asistencia técnica electoral y fi scalizadora en el proceso eleccionario que se convoca. Artículo Sexto.- ENCARGAR al área de Participación Vecinal y al Comité Electoral el cumplimiento del proceso de elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales que se convoca. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y, a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munibarranco.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESSICA ARMIDA VARGAS GOMEZ Alcaldesa 2230286-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Designan Ejecutor Coactivo No Tributario y Auxiliares Coactivos No Tributario de la Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa de la Municipalidad de La Victoria RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 341-2023/MLV La Victoria, 19 de octubre de 2023VISTOS: Informe N° 00059-2023-GSC/MLV, de fecha 13 de octubre de 2023, de la Gerencia de Fiscalización y Control; Informe N° 000548-2023-GAJ/MLV, de fecha 18 octubre de 2023 y Memorando Nº 001115-2023-GM/MLV, de fecha 19 de octubre de 2023, de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo II del título preliminar de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, señala que (…) “los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 7.1), del articulo 7º, de la Ley Nº 26979, “Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva”, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos y mediante Ley Nº 27204, se preciso dicha norma, señalando que el Ejecutor Coactivo es funcionario nombrado o contratado, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y que su designación no implica que dicho cargo sea de con fi anza; Que, el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modi fi catorias, establecen reglas de ingreso al precitado régimen de contratación, para garantizar, los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública, prescribiendo que el acceso a dicho régimen se realiza obligatoriamente mediante concurso público; Que, la autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, mediante su Informe Nº 987-2019-SERVIR/GPGSC, señala que excepcionalmente, por causas debidamente justi fi cadas, se podrá contratar ejecutores coactivos mediante el régimen de laboral de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), así como, que los puestos bajo el régimen CAS, no se encuentran ubicados en el Cuadro de Asignación de Personal de la entidad; no obstante, si es posible que las funciones que se detallan como responsabilidad de aquel puesto CAS pueden ser equivalentes a las de una plaza del CAP; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 223-2023/ MLV, de fecha 16 de junio de 2023, se encargó a Katherine Alexandra Inga Flores, con e fi cacia anticipada desde el 07 de junio de 2023, las funciones y responsabilidades de Ejecutora Coactiva No Tributaria de la Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa. Asimismo, en la precitada Resolución de Alcaldía, en su artículo segundo se resolvió encargar a Angela Gabriela Fernández Contreras con e fi cacia anticipada desde el 07 de junio de 2023, las funciones y responsabilidades de Auxiliar Coactiva No Tributaria de la Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa; Que, mediante Informe Nº 600-2023-SSCA-SGSYCA/ GFC/MLV, de fecha 13 de octubre de 2023, de la Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa, concluyendo que se ha culminado satisfactoriamente los procesos CAS, para la contratación de un (01) Ejecutor Coactivo y dos (02) Auxiliares Coactivos, re fi riendo que es de vital importancia la emisión y publicación de la resolución de designación correspondiente a los ganadores de dichos procesos; asimismo, mediante Informe N° 00059-2023-GSC/MLV, de fecha 13 de Octubre de 2023, de la Gerencia de Fiscalización y Control, remite el precitado informe a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para los fi nes pertinentes; Que, mediante Informe N° 000548-2023-GAJ/MLV, de fecha 18 octubre de 2023, concluye y opina que es legalmente viable la designación; por lo que, corresponde designar mediante Resolución de Alcaldía al Sr. Aldo Paul Escalante Poma como Ejecutor Coactivo No Tributario de