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5 NORMAS LEGALES Jueves 9 de noviembre de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora María del Carmen Mendívil Colpaert en el cargo de Directora de la Dirección de Programación de Inversiones de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa – Directora de Sistema Administrativo I. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2232729-1 Aprueban actualización de la publicación Normas Técnicas Hidrográficas N° 45, Lineamientos para la Elaboración de Estudios Hidro-Oceanográficos (HIDRONAV- 5174), año 2023 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 704-2023 MGP/DICAPI 8 de noviembre del 2023 Visto, el Informe Técnico N° 001 del Director de Hidrografía y Navegación de fecha 11 de setiembre del 2023, mediante el cual remitió el proyecto de norma que regula la aprobación de la actualización de publicación Normas Técnicas Hidrográ fi cas N° 45, Lineamientos para la elaboración de los Estudios Hidro – Oceanográ fi cos (HIDRONAV 5174), año 2023. CONSIDERANDO:Que, el numeral 2 y 4 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1147, de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, establece que el ámbito de aplicación del objeto del citado Decreto Legislativo, entre otros, son los terrenos ribereños hasta los CINCUENTA (50) metros medidos a partir de la línea de más alta marea del mar y las riberas hasta la línea de la más alta crecida ordinaria en las márgenes de los ríos y lagos navegables; asimismo, los artefactos e instalaciones acuáticas en el medio acuático; Que, el inciso (10) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1147, establece que es función de la Autoridad Marítima Nacional, aprobar los estudios hidro-oceanográ fi cos de toda actividad, infraestructura e instalación que por su naturaleza se realice en el medio acuático o en accesos a instalaciones en la franja ribereña, con la fi nalidad de velar por la seguridad de la vida humana y la protección del medio ambiente acuático; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 015-2014-DE de fecha 26 de noviembre del 2014, que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147, faculta a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en su condición de Autoridad Marítima Nacional, para que, mediante Resolución Directoral, expida normas complementarias que requieran la aplicación de lo dispuesto en el citado reglamento; Que, el numeral 28 del artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1147, establece que es función de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, aprobar los estudios hidro-oceanográ fi cos de toda actividad, infraestructura e instalación que se realicen en el medio acuático o en accesos a instalaciones en la franja ribereña, en coordinación con la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1138 de fecha 12 de diciembre del 2012, establece que la Dirección de Hidrografía y Navegación es el órgano técnico de la Marina de Guerra del Perú encargado de administrar, operar e investigar las actividades relacionadas con las ciencias del ambiente en el ámbito acuático, con el fi n de contribuir al desarrollo nacional, brindar apoyo y seguridad en la navegación a las fuerzas navales y navegantes en general. Elabora y actualiza la cartografía náutica ofi cial del Perú en el ámbito marítimo, fl uvial y lacustre, comercializando los productos realizados en ejercicio de sus funciones; Que, el artículo 72 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1138 aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2014-DE de fecha 12 de diciembre del 2012, establece que la Dirección de Hidrografía y Navegación es el órgano técnico administrativo dependiente de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, encargado de administrar, operar e investigar las actividades relacionadas con las ciencias del ambiente en el ámbito acuático, con el fi n de contribuir al desarrollo nacional, brindar apoyo y seguridad en la navegación a las fuerzas navales y navegantes en general. Elabora y actualiza la cartografía náutica o fi cial del Perú en el ámbito marítimo, fl uvial y lacustre, comercializando los productos realizados en ejercicio de sus funciones; Que, el articulo 72.5 del citado Reglamento establece que la Dirección de Hidrografía y Navegación autoriza, supervisa y aprueba los estudios hidro-oceanográ fi cos, hidro-lacustres, determinación de línea de más alta marea, adicionalmente los estudios hidro- fl uviales que someta a su consideración la Dirección General, de toda actividad, infraestructura e instalación que por su naturaleza se realice en el medio acuático o en acceso a instalaciones en la franja ribereña; Que, mediante Resolución Directoral N° 473- 2021- MGP/DICAPI de fecha 19 de julio del 2021, se aprueban las Normas Técnicas Hidrográficas N° 45 – Elaboración de Estudios Hidro–Oceanográficos (HIDRONAV-5174), 2da. Edición 2019, la cual establece los lineamientos básicos para la elaboración de los Estudios Hidro–Oceanografías (EHO), con la finalidad de proporcionar información de las características hidrográficas, oceanográficas meteorológicas y geomorfológicas de un espacio geográfico especifico en el ámbito marítimo; Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2023 MGP/DHN de fecha 21 de febrero del 2023, el Director de Hidrografía y Navegación designa UN (1) Comité Técnico de Trabajo con la fi nalidad de revisar, analizar y recomendar las mejoras para la actualización de la publicación “Normas Técnicas Hidrográ fi cas N° 45 – Elaboración de Estudios Hidro–Oceanográ fi cos (HIDRONAV-5174), 2da. Edición 2019; Que, mediante Informe Técnico S/N. 2023 de fecha 1 de marzo del 2023, el Comité Técnico citado en el párrafo anterior, luego del análisis y evaluación integral de la referida Norma Técnica y las recomendaciones realizadas por las empresas Hidro-Oceanográ fi cas inscritas ante la Dirección de Hidrografía y Navegación; recomiendan la actualización de acuerdo a las normas técnicas vigentes y aplicables, de los lineamientos para la elaboración de Estudios Hidro-Oceanográ fi cos (HIDRONAV-5174) – Normas Técnicas Hidrográ fi cas N° 45, debido a los avances tecnológicos y a la mejora continua presentados en los estudios Hidro- Oceanográ fi cos; Que, mediante Resolución Directoral N° 137-23 MGP/ DICAPI de fecha 16 de marzo del 2023, se dispuso la publicación del proyecto denominado Normas Técnicas Hidrográ fi cas N° 45, “Lineamientos para la Elaboración de Estudios Hidro-Oceanográ fi cos (HIDRONAV-5174), año 2023”, en el Diario O fi cial “El Peruano”, por el periodo de TREINTA (30) días hábiles, para conocimiento general y recibir las opiniones y recomendaciones por parte de las entidades públicas, privadas, organizaciones de la sociedad civil y las personas interesadas; Que, es preciso señalar que, se han tomado en consideración las recomendaciones, opiniones y observaciones manifestadas por parte de las empresas Hidro-Oceanográ fi cas INGENIERÍA DE PROYECTOS MARÍTIMOS Y GEOTECNOLÓGICOS – IPROMAGE E.I.R.L. y DELIMAR S.A.C.;