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18 NORMAS LEGALES Jueves 9 de noviembre de 2023 El Peruano / la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la elaboración de la propuesta de actualización de la Estrategia Nacional para la Interdicción de la Minería Ilegal, debido a que dicho instrumento presenta limitaciones técnicas que no permiten supervisar adecuadamente su impacto para solucionar el problema de la minería ilegal. Además, se indica que dicho instrumento no desarrolla un adecuado diagnóstico de la minería ilegal y se concentra en los operativos de interdicción, no tomando ejes como los de investigación e inteligencia que son necesarios para la desarticulación de las organizaciones criminales que sostienen la cadena delictiva, entre otros aspectos; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° D000050-2023-IN-OGPP-OMD de la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional, emite opinión técnica favorable con relación a la propuesta de creación del órgano colegiado denominado Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Estrategia Nacional para la Interdicción de la Minería Ilegal, precisando que se encuentra alineada a los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, así como a la Directiva N° 002-2021-PCM/SGP, Directiva que regula el sustento técnico y legal de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 00010- 2021-PCM/SGP; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 000543-2023-IN-OGAJ, opina que es legalmente viable la tramitación del proyecto de resolución ministerial que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial mencionado en el considerando que antecede; Que, en tal sentido y acorde al marco normativo enunciado, resulta necesario crear el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Estrategia Nacional para la Interdicción de la Minería Ilegal, el cual tiene por objeto elaborar una propuesta para la actualización del referido instrumento; siendo oportuno precisar que las entidades e instituciones con las que se conformaría dicho colegiado, han prestado su consentimiento para dichos efectos; Con el visado del Despacho Viceministerial de Orden Interno, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la Dirección General Contra el Crimen Organizado, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio del Interior, denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial para la actualización de la Estrategia Nacional para la Interdicción de la Minería Ilegal”. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene por objeto elaborar una propuesta para la actualización de la Estrategia Nacional para la Interdicción de la Minería Ilegal. Artículo 3.- Conformación3.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por: a) Un/a representante del Ministerio del Interior, quien lo preside;b) Un/a representante del Ministerio de Defensa; c) Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas; d) Un/a representante del Ministerio del Ambiente; e) Un/a representante del Ministerio de Cultura;f) Un/a representante de la Policía Nacional del Perú; g) Un/a representante de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil; h) Un/a representante de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Ministerio Público; i) Un/a representante de la Fiscalía Especializada de la Criminalidad Organizada del Ministerio Público; j) Un/a representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; k) Un/a representante de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; l) Un/a representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria; m) Un/a representante del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minas de la Presidencia del Consejo de Ministros; n) Un/a representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; o) Un/a representante de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; p) Un/a representante de la Procuraduría General del Estado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 3.2. Cada integrante del Grupo de Trabajo Multisectorial cuenta con un/una representante alterno/a, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular. 3.3. Los miembros del Grupo de Trabajo Multisectorial ejercen función ad honórem. Artículo 4.- Designación de representantes Las entidades públicas señaladas en el artículo 3 designan a sus representantes titulares y/o alternos/as mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro del plazo máximo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 5.- Funciones El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Elaborar y aprobar el plan de actividades para el cumplimiento del objeto del Grupo del Trabajo. b) Diseñar y formular una propuesta para la actualización de la Estrategia Nacional para la interdicción de la Minería Ilegal. c) Otras que consideren necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial está a cargo de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, unidad de organización que brinda el apoyo técnico y administrativo coadyuvando al cumplimiento de las funciones del citado Grupo de Trabajo. Asimismo, la Secretaría Técnica cuenta con el asesoramiento técnico de la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior. Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución. Artículo 8.- Colaboración, asesoramiento y apoyo 8.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial, previo acuerdo de sus integrantes y a través de su Secretaría Técnica, puede invitar a representantes de otras entidades públicas o instituciones privadas y de la