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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (09/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Jueves 9 de noviembre de 2023 El Peruano / SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1-Recursos Ordinarios, a favor de la Actividad 5001253-Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, con cargo a los recursos asignados a la Reserva de Contingencia de la Actividad 5000415-Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público, a fi n de fi nanciar el Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial (FIDT), en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 31912; Que, mediante Informe N° 0256-2023-EF/41.03 la Ofi cina de Presupuesto, Inversiones y Cooperación Técnica de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mani fi esta que la transferencia fi nanciera a que hace referencia el numeral 18.2 del artículo 18 de la citada Ley, se realiza hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos habilitados en el pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001-Administración General, Fuente de Financiamiento 1-Recursos Ordinarios, Actividad 5001253-Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Finalidad 0268318-Transferencia Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial-FIDT, Categoría de Gasto 6. Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, Especí fi ca 2.4.2.3.1.5 A Fondos Públicos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001-Administración General, Actividad 5001253-Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, hasta por S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1-Recursos Ordinarios, a favor del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial (FIDT), en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 18.2 del artículo 18 de la Ley N° 31912;De conformidad con lo dispuesto en los numerales 18.1 y 18.2 del artículo 18 de la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del fenómeno el niño para el año 2023 y dicta otras medidas; y, en el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, Estando a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático Autorizar una modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático en el Presupuesto Institucional del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial (FIDT), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 31912, según el siguiente detalle: En Soles SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.peRedes Sociales: • Información noticiosa • Especiales • Cobertura fotográfica • Podcast, videos y canal online.