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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (26/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Domingo 26 de noviembre de 2023 El Peruano / veces; Administración o quien haga sus veces; y Logística o Abastecimiento o quien haga sus veces; Que, mediante Informe N°700-2023-1610-SGA- GDAS/MSI de fecha 16 de octubre del 2023, la Subgerencia de Gestión Ambiental solicita que se apruebe la publicación del Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos Municipales de la Municipalidad de San Isidro, a fi n de cumplir con lo establecido en la Resolución Ministerial N° 457-2018-MINAM, que aprueba la “Guía para la Caracterización de Residuos Sólidos Municipales, asimismo informa que mediante Decreto de Alcaldía Nº 030-2022-ALC/MSI, se aprueba el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales - Recicla San Isidro 2022-2026 de la Municipalidad de San Isidro; Que, de conformidad con lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 695-2023-0400-GAJ/MSI; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20º, de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos Municipales del Distrito San Isidro 2023 acorde a los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente, el que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, el Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos Municipales del distrito de San Isidro, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 343-2019 de fecha el 25 de julio del 2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la Resolución de Alcaldía y sus Anexos, en el portal web institucional de la Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe). Regístrese, comuniquese y cúmplase.NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN Alcaldesa 2238616-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza que prorroga, para el ejercicio 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 468/MDSM, que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales, aprobado para el año 2023 ORDENANZA Nº 484/MDSM San Miguel, 14 de septiembre de 2023EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELPOR CUANTO: El Concejo Municipal de San Miguel, en sesión de concejo celebrada el 12 de septiembre de 2023; VISTOS, en sesión de Concejo Municipal celebrada a la fecha, el Memorando Nº 1213-2023-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 305-2023-OAJ/MDSM emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 939-2023-OATF/MDSM emitido por la O fi cina Administración Tributaria y Fiscalización, el Informe Nº 1039-2023-URTCD-OATF/MDSM emitido por la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley precitada, en concordancia con la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modi fi catorias, dispone que mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, las contribuciones, árbitros, licencias y derechos, dentro de los límites establecidos por Ley, debiendo ser las ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las municipalidades distritales, rati fi cadas por la Municipalidad Provincial que corresponda; Que, el literal a) del artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada anualmente; asimismo el último párrafo del referido artículo señala que la actualización de los valores de los predios por las Municipalidades, sustituye la obligación contemplada en el inciso aludido. Asimismo, la Cuarta Disposición Final del citado texto normativo, establece que “las municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes; incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio (…)”; Que, el artículo 2º de la Ordenanza Nº 2386-2021, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Lima, establece que la rati fi cación por el Concejo Metropolitano de Lima, realizada conforme a las disposiciones contenidas en esa norma, constituye un requisito indispensable para la vigencia de las ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las municipalidades distritales. Asimismo, la Sétima Disposición Final de la acotada norma, establece que: “Las Ordenanzas Distritales que aprueban el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente deberán ser rati fi cadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo rati fi cado tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la rati fi cación, en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá de comunicar al SAT de su decisión de aplicar dicha aplicar del Acuerdo de Concejo rati fi catorio para los citados ejercicios mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre (…)”; Que, mediante Ordenanza Nº 468/MDSM, rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 446-2022 del Concejo Metropolitano de Lima, publicadas en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 29 de diciembre de 2022, se aprueba el monto por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, determinación y distribución a domicilio de la Declaración Jurada de Autovalúo y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio fi scal 2023, el mismo que asciende a la suma de S/ 4.70 (Cuatro con 70/100 Soles) por predio y S/ 0.70 (Cero con 70/100 Sol) por predio adicional; Que, mediante Informe Nº 1039-2023-URTCD-OATF/ MDSM, la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda informa que, de acuerdo a lo plani fi cado para la emisión del ejercicio 2024, las características de la misma serán similares en lo que respecta al contenido de la carpeta tributaria, por lo que no existen variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la expedición de la Ordenanza Nº 468/MDSM, rati fi cada por el Acuerdo de Concejo Nº 446-2022; contándose a su vez con los informes favorables de la O fi cina Administración Tributaria y Fiscalización y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades otorgadas por los incisos 8) y 9) del Artículo 9º así como del artículo 40º de la Ley